El poder de la información fiscal

Cambios en el tratamiento del IVA para licores empezaron a regir desde el 1º de enero

A partir del 1º de enero de 2023 empezó a regir la resolución DGT-R-035-2022, que estipula que ?todas las personas físicas o jurídicas, que efectúen operaciones comerciales en el territorio nacional de compra y venta de cervezas nacionales, de importación o internación y comercialización de licores importados y de manufactura y comercialización de licores de fabricación nacional, deberán liquidar el impuesto conforme al sistema general establecido en la Ley del Impuesto al Valor Agregado?. Según el experto en el tema, el Lic. Mauricio Berrocal de Actualidad Tributaria, esto implica que ?para este 2023 las autoridades le están pidiendo a quienes importan y fabrican licores que separen el monto del impuesto al valor agregado (IVA) del costo, en las facturas del producto. Esto no se estaba haciendo así?. Según Berrocal, esto implica un cambio en la forma cómo se registran los costos en toda la cadena de valor del producto, porque debe separarse el IVA en cada una de las etapas de producción o importación. Antes de la entrada en vigencia de esta resolución, el IVA se daba por sentado en las facturas de producción o importación, pero no se estipulaba el monto. A nivel contable, la entrada en vigencia de esta resolución afectará también el manejo contable de los inventarios en los locales como restaurantes, licorerías, supermercados y bares, pues a partir de enero, dicho manejo deberá realizarse separando el IVA y generando ese crédito fiscal para el comercializador. Además, a más tarde el 15 de enero de 2023, los involucrados en la comercialización, distribución y fabricación de licores y cervezas deberán declarar ese monto de IVA, por lo que deben hacerlo correctamente para evitarse multas. ¿Cambia el monto del impuesto? Tanto la resolución como lo expertos de Actualidad Tributaria son enfáticos en señalar que este cambio no implica modificaciones en el costo que cancelan los clientes en su factura. ?No debe aumentar el costo final de los licores nacionales o importados porque no es un cambio en el monto del IVA, es sólo un cambio en la forma cómo se registra el IVA para quienes producen o importan los licores locales o extranjeros. Entonces no deberíamos ver un aumento en el precio de estos productos por esta razón?, enfatizó Raymundo Volio, director de Actualidad Tributaria. Es decir, que ?un consumidor tradicional, como usted o yo que fuimos a un restaurante y consumimos ahí, recibe una factura de consumo que tiene especificado el monto subtotal y los impuestos. Eso seguirá sucediendo. No es un cambio para el consumidor final, es un cambio para la cadena de valor del producto?, explicó Volio. En el siguiente video puede encontrar el criterio de nuestro especialista, el Lic. Mauricio Berrocal: Contactenos: 2248-4822 info@actualidadtributaria.com WhatsApp: https://wa.me/50689940264

Participá en la conversación

Dejá tu Comentario

Para agregar comentarios debe iniciar sesión.