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El poder de la información fiscal
Registro Nacional no inscribirá propiedades si hay omisos en la Declaración del RTBF
Actualidad Tributaria
martes, 07 abril 2020
Opinión
- El 31 de marzo vencía el plazo para hacer la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales de 2019. - Plazo para presentar declaración de 2020 se trasladó a setiembre próximo. Aquellas sociedades que no hayan completado el Registro de Transparecia y Beneficiarios Finales al 31 de marzo de 2020, fecha en que se estableció la última prórroga para la presentación de este requisito, tendrán problemas para realizar trámites en el Registro Público, sin mencionar que se exponen a un multa del 50% de lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. ?Lo que notamos entre los obligados a este registro es que muchas empresas están atendiendo el tema de la pandemia, por lo que olvidaron cumplir con este llamado y aun no lo han hecho. Por supuesto, también nos tomó por sorpresa la circular del Registro Público?, comentó Raymundo Volio, Director de Actualidad Tributaria. La Circular DRI 006-2020 establece que aquellas sociedades que no hubieren cumplido con este requisitos estarán limitados a realizar movimientos registrales de bienes inmuebles como inscripción, levantamiento de gravámenes, registro de pacto constitutivo y similares. La circular también indica que los notarios deberán verificar en la base de datos si los obligados se encuentran o no morosos, pues deben indicarlo en las certificaciones que realicen. ?No podemos culpar a los encargados, pues definitivamente atender una pandemia desde la parte admnistrativa de las empresas no es algo sencillo ni rápido, por lo que los recursos se deben priorizar. Ahora nos toca a los profesionales en derecho tributario y similares ayudar a que las empresas se pongan al día?, comentó Volio. Volio recomienda que las empresas se asesoren. ?El proceso del Registro de Beneficiarios Finales es complejo y requiere de firma digital para completarse, por lo que profesionales como nosotros podemos ayudarles a ponerse al día?, finalizó. El experto les recuerda a las empresas que el plazo para presentar la declaración del año 2019 vencía el 31 de marzo, mientras que las autoridades extendieron el plazo para la presentación de la declaración del año 2020 a setiembre próximo.
Acerca del Bufete Raymundo Volio Abogados y Consultores Tributarios
Expertos y asesores en derecho tributario, el Bufete Raymundo Volio se ha consolidado como una de las más reconocidas firmas asesoras en temas impositivos y fiscales en el país. A través del centro de información www.actualidadtributaria.com, el Bufete expone los temas de mayor interés para empresas y ciudadanos en los temas fiscales y tributarios, gracias a sus más de 25 años de experiencia en el tema. Contáctenos: 2248-4822
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