De acuerdo a un comunicado emitido por la Dirección General de Aduanas, el DGA-030-2019, quienes importen o exporten deberán estar al día con el pago de sus obligaciones tributarias y obrero patronales, si quieren continuar con el proceso de importación o exportación de mercancías.
Para Raymundo Volio, experto en derecho tributario de Actualidad Tributaria, esta resolución es una clara afrenta a la libertad de comercio, el derecho al trabajo y un exceso no previsto en la ley.
?Recientemete podemos consultar la situación tributaria de los contribuyentes en la página
https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx, pero esa información está sesgada toda vez que se incluyeron supuestas deudas ante Tributación que están pagadas y otras de plazos mayores a los de la prescripción. He visto muchos ejemplos de supuestas deudas de hace más de 10 años que se registran en esa base de datos y que los contribuyentes obviamente no tienen sus soportes documentales, y ello obligaría a realizar una gestión ante la Dirección Genera de Tributación que demora varios meses en su solución?, comentó Volio.
Según Volio, esto vendría a afectar toda exportación e importación de bienes, justo en el arranque de la temporada navideña, pues el comunicado incluye además de los importadores y exportadores, a los auxiliares de la función pública aduanera, es decir, agencias aduanales que son los responsables de colaborar con la actividad fiscal del Estado.
El sistema informático Tecnología de Información para el Control Aduanero, será el encargado de verificar esta información según el comunicado y procederán a impedir la gestión del usuario de presentarse deudas.
El comunicado señala que se fundamenta en la ley de Fraude Fiscal, pero de acuerdo con Volio, son los artículos 18 bis y 131 bis, de la ley de Fraude Fiscal lo que regulan es la prohibición de contratar con el Estado si existen deudas pendientes y para eso se facilita la creación de una plataforma de consulta pública, diferente de lo que se está tratando en este caso al excederse en los alcances previstos en la ley.
?Limitar el derecho a la libertad de comercio no es una solución al fraude fiscal o los atrasos que pueda tener una empresa con la administración tributaria. Esto mataría a un comerciante y no le permitiría recuperarse, si es que tuviera alguna deuda. La situación fiscal del país no está para tomar acciones arbitrarias que vendrían a afectar a muchos importadores y/o exportadores a desarrollar su actividad?, comentó Volio.
Acerca del Bufete Raymundo Volio Abogados y Consultores Tributarios
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