El poder de la información fiscal

Trabajadores Independientes

Justicia para deudores de la CCSS

El lunes 17 de abril fue aprobado por unanimidad, en segundo debate, el expediente 21,434, el cual establece un plazo de prescripción de cuatro años a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para que cobre cargas sociales a los trabajadores independientes.  La institución hace estos cobros de manera retroactiva hasta por 10 años, algo que muchos expertos han criticado y tildado de abusivo.  


Para el MDT. Raymundo Volio, director de Actualidad Tributaria, esta votación es justa para los trabajadores independientes, que estaban a merced cobros desproporcionados.    


“Gracias a este voto, a partir de hoy veremos cómo las deudas de trabajadores independientes tendrán una prescripción de 4 años, como una deuda tributaria ordinaria. Ya no se darán más los abusos que la CCSS venía cometiendo contra los trabajadores independientes”, comentó Volio.


El experto aseguró que a partir de ahora los casi 900 mil trabajadores independientes en estado de morosidad podrán regular su situación, en aras de recuperar un derecho fundamental como lo es el de la atención médica.


Proyecto 21434- Dictamen Redacción Final- Texto final 12 de Dic
Propósito del Proyecto: La presente iniciativa de Ley se pone a consideración de los diputados con los siguientes antecedentes: 1- Que en la actualidad no existe una normativa adecuada para regular lo relativo al pago de las cuotas de seguridad social de los trabajadores independientes, pues los criterios utilizados para determinarlas son arbitrarios y sujetos a constantes cambios reglamentarios. 2- Que los trabajadores independientes pagan cuotas sumamente elevadas respecto de los trabajadores asalariados, a pesar de que unos y otros tienen los mismos derechos según la Constitución, los principios y las leyes en materia de seguridad social. 3- Que la Sala Constitucional, cuya jurisprudencia es vinculante erga omnes según el artículo 13 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, ha establecido que las cuotas de la seguridad social tienen naturaleza parafiscal. Por tanto, la regulación del cobro y pago de tales cuotas se debe regir por los principios del Derecho Tributario.
21.434 Resolucion Sala-Constitucional

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