Tribu-CR: Créditos fiscales se gestionarán automáticamente en nueva plataforma de Hacienda

El sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV) dejará de funcionar el lunes 4 de agosto y será sustituido por Tribu-CR, la nueva plataforma del Ministerio de Hacienda para el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Como parte de las herramientas incorporadas, los contribuyentes podrán consultar y administrar sus créditos fiscales de forma más ágil.


Un crédito fiscal es el monto que un contribuyente puede deducir o recuperar cuando ha pagado impuestos en exceso o ha realizado retenciones, percepciones o adelantos que superan su obligación tributaria real.


Gilberth Meza, usuario experto en Tribu-CR de Hacienda, explicó a La Nación que, para consultar sus créditos a favor, los contribuyentes deberán ingresar al sistema y seleccionar la opción “Cuenta Tributaria” en el menú principal, ubicado en la parte izquierda de la pantalla.

Allí podrán visualizar deudas pendientes, montos cancelados y créditos disponibles, si los hubiera. Meza indicó que, en caso de existir un saldo a favor, este se aplicará automáticamente al realizar un pago, por lo que los usuarios no podrán ni deberán decidir si se debita o no.


¿Cuándo podría obtener un crédito fiscal?


Meza explicó que existen distintas vías por las cuales los contribuyentes pueden generar un saldo a favor ante la Administración Tributaria. En el caso del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), por ejemplo, este crédito puede originarse al efectuar pagos a proveedores de bienes y servicios.


Los contribuyentes deben cobrar el impuesto a sus clientes (generan un débito fiscal) y, a la vez, asumir el IVA al adquirir insumos para su actividad económica (lo que genera un crédito fiscal). Al presentar la declaración mensual, deben deducir el crédito del débito fiscal; si el impuesto pagado supera el cobrado, se genera un saldo a favor que puede aplicarse en declaraciones futuras.


Meza agregó que también puede generarse un crédito fiscal cuando el contribuyente recibe pagos por medios electrónicos, y el agente retenedor (por ejemplo, el operador del datáfono) aplica una retención sobre esos montos.


Si, además de esas retenciones, el contribuyente realizó más compras que ventas durante el periodo, es probable que también obtenga un saldo a favor.


Una situación similar puede darse con el impuesto sobre las utilidades. Si una persona realiza los tres pagos parciales (adelantos) a lo largo del año, pero al cierre fiscal el monto total de esos anticipos excede el impuesto calculado, el excedente queda como saldo a favor. Ese monto podrá aplicarse automáticamente a otras deudas dentro del sistema.


Por ejemplo, si una empresa pagó ¢1.000.000 en adelantos de renta durante el año, pero su impuesto definitivo fue de ¢800.000, tendrá un crédito fiscal de ¢200.000 que la Administración Tributaria aplicará en futuras obligaciones.

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