El poder de la información fiscal

Fiscalización tributaria será más intensa en 2022

Las autoridades tributarias anunciaron recientemente que a partir de 2022 cambiarán los criterios de fiscalización para 20 categorías de contribuyentes, esto según la resolución DGT-R-34-2021: ?Resolución sobre sectores y actividades económicas a ser incluidas como criterio de selección de contribuyentes en el Plan Anual de Fiscalización?, publicada a inicios del mes de diciembre. Esta resolución es el anuncio oficial de la Dirección General de Tributación (DGT) sobre cómo van a fiscalizar a los contribuyentes durante el 2022, es decir, los criterios que utilizarán para revisar las actividades económicas de los sectores productivos determinados también en la resolución. ?Si su actividad está dentro de esta resolución, las posibilidades de ser fiscalizado aumentarán en el 2022, por lo que es importante mantenerse en orden y asesorarse correctamente para enfrentar un proceso de este tipo?, comentó Raymundo Volio, director de Actualidad Tributaria. Pero esto no es lo único. La DGT también publicó la resolución DGT-R-34-2021: ?Criterios de selección para el uso de la información contenida en el Registro de Transparencia de Beneficiarios Finales en la elaboración de planes de gestión de riesgo de la Administración Tributaria?, para analizar el nivel de riesgo de una sociedad o contribuyente y así hacerlo sujeto de fiscalización. ?Esta otra resolución le permitirá a la Administración diagnosticar comportamientos irregulares de un o un grupo de contribuyentes, con el objetivo de prevenir fraudes o incumplimientos fiscales?, afirmó Volio. Entre los criterios mencionados en la resolución están la no presentación del Registro de Beneficiarios Finales; que uno de los socios de la sociedad esté domiciliado en una jurisdicción no cooperante; que una persona física tenga participación en 50 o más personas jurídicas, entre otros. Nuevas categorías para fiscalización Según el Reglamento sobre Criterios Objetivos de Selección de Contribuyentes para Fiscalización, ligado a la resolución DGT-R-34-2021, estas serán las categorías a considerarse durante el 2022: 1. Agricultura, ganadería, caza, pesca y silvicultura. 2. Explotación de Minas y Canteras. 3. Industrias Manufactureras. 4. Suministro de electricidad, gas y agua. 5. Construcción. 6. Comercio al por mayor y al por menor. 7. Transporte y Almacenamiento. 8. Hoteles y restaurantes. 9. Centros de colocación de apuestas, de juegos de azar, casinos y explotación de máquinas tragamonedas. 10. Información y comunicaciones. 11. Intermediación financiera y seguros. 12. Actividades inmobiliarias, de alquiler y de negocios. 13. Actividades profesionales, científicas y técnicas. 14. Actividades de servicios administrativos y de apoyo. 15. Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria. 16. Enseñanza. 17. Actividades de la salud humana y asistencia social. 18. Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales. 19. Hogares privados con servicio doméstico. 20. Organizaciones y organismos extraterritoriales. Ambas resoluciones rigen a partir del 01 de enero de 2022. En el siguiente video puede encontrar el criterio del MDT. Raymundo Volio: Video_Criterios_Fiscalizacio?n.mp4

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