El Ministerio de Hacienda publicó una resolución que reduce del 13% al 1% el impuesto al valor agregado para insumos que se utilizan para la producción de arroz, café, carnes, y el cacao en fruta que se encuentran dentro de la canasta básica tributaria, a la cual se le aplica una tarifa reducida del impuesto.
La resolución MH-DGH-RES-0027-2023 fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta el pasado jueves 22 de junio, por lo que ya entró a regir esta reforma sobre la aplicación de la tarifa reducida del 1% del impuesto al valor agregado a insumos que mayoritariamente se traducen en bienes de canasta básica.
Rudolf Lücke, director general de Hacienda, había explicado, a finales de mayo pasado, que la cartera estaba analizando las observaciones sobre la resolución, y agregó que apenas finalizara ese proceso procederían con la tramitación del texto hasta su publicación en La Gaceta.
La resolución publicada incluye la reducción del tributo del 13% al 1% en la importación y compra local de arroz en grano para la siembra y arroz con cáscara (excepto para siembra), como insumos para producir arroz grano entero (no incluye arroz con procesos agregados, con ingredientes adicionales, tipo jazmín, basmati, negro, silvestre, arbóreo o similares).
También establece una tarifa reducida del IVA para la compra local de carne de res y cerdo en canal o medio canal, tanto fresca, congelada o refrigerada, como principal materia prima de diferentes cortes no condimentados, sazonados o adobados de estos animales, además de algunos embutidos.
De igual forma, el documento incluye la reducción del IVA al 1% para la compra local de cacao para siembra, como materia prima del cacao en fruta.
Además, la resolución también incluye la compra local de distintos tipos de café en grano, tostado o sin tostar, como el oro, el verde, pergamino, o el cereza, tanto orgánicos como no orgánicos, como principal insumo para la producción del café molido.
Simplificar trámite
La resolución de Hacienda hace referencia a productos que se utilizan, primordialmente, como insumos o materias primas para la producción de bienes contenidos en la Canasta Básica Tributaria, las cuales ya poseen una tarifa reducida del IVA del 1%.
Bajo este escenario, los productores cuyos insumos o materias primas pagan un IVA del 13% (como los que contiene la resolución), deben realizar una gestión para que se les devuelva el monto que fue pagado de más, ya que el consumidor final solamente cancela el 1% al ser productos de la canasta básica.
El director general de Hacienda explicó que la resolución permite que los productores agropecuarios adquieran los insumos bajo la tarifa reducida del 1% de IVA, para que así no tengan que asumir el 13% del impuesto al adquirir dichas materias primas y gestionar su posterior devolución.
“Los productores que adquieran estos insumos actualmente deben asumir el pago inmediato del 13% del IVA y luego realizar gestiones para la devolución, por lo que el fin de la resolución es agilizar este proceso y simplificar el trámite para el productor nacional”, comentó Lücke.
Añadió que con este cambio pretenden evitar que se dé una incidencia negativa en la actividad de los productores agropecuarios al tener que asumir un monto de impuesto superior al que corresponde, aunque luego este les sea devuelto.
Para gozar del beneficio de la tarifa reducida de estos insumos, no se requerirá llevar a cabo ningún trámite por parte de los beneficiarios.
En el texto, Hacienda enfatizó en que las disposiciones las emitieron entendiendo que la Administración Tributaria mantiene sus atribuciones para ejercer controles posteriores para constatar que las mercancías adquiridas hayan sido efectivamente destinadas a la producción de bienes de la canasta básica.