El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica advirtió a los contribuyentes que la Administración Tributaria está vigilando el uso correcto de los comprobantes electrónicos para identificar las facturas falsas que se están moviendo en el comercio, como parte de su plan de fiscalización.
Dunia Zamora, presidenta de esa organización, dijo que recientemente la Administración Tributaria envió a consulta pública el Reglamento de Comprobantes Electrónicos para Efectos Tributarios.
Comentó que los contribuyentes deben estar alertas a los cambios que puedan surgir, así como usar correctamente los comprobantes electrónicos autorizados y vigilar los servicios de su proveedor de facturas electrónicas para que realice las actualizaciones correspondientes.
Agregó que el comprobante electrónico es una de las herramientas empleadas para la fiscalización de los contribuyentes y actualmente el Ministerio de Hacienda desarrolla un plan de fiscalización que busca identificar facturas falsas que se están emitiendo en el mercado.
“Estas facturas se están emitiendo, según ha indicado la Dirección General de Tributación, de forma anómala y consecutivamente, sobre todo a ciertas horas de la noche, lo que deja entrever, por los montos y por el volumen, que no corresponden a actividades comerciales reales, sino a actividades que constituyen una fachada”, manifestó.
Indicó que es esencial contar con la factura gráfica y verificar si cumple con todos los requisitos, ya que Hacienda busca confirmar si es un servicio con factura falsa para identificar quién está emitiendo masivamente ese tipo de comprobantes electrónicos e interponer la denuncia penal.
El Colegio de Contadores Públicos hizo un llamado a los contribuyentes para que realicen un buen uso de los comprobantes electrónicos e instó a la ciudadanía a conocer las reformas que se han presentado.
Cierre de negocios
El Colegio de Contadores Públicos previno sobre la aprobación de la Ley para Facilitar la Regularización de la Condición Tributaria en apoyo a la Formalidad y a la Reactivación de la Economía que busca facilitar la regularización tributaria y la reactivación económica.
Esta normativa es de interés para los contribuyentes, ya que sustituye la aplicación de cierre del negocio por sanciones económicas que van desde los tres salarios base para grandes contribuyentes (¢1.386.600) y un cuarto del salario base para el resto de contribuyentes (¢115.550).
“La medida solo aplica a procedimientos sancionadores de cierre de negocios que se encuentren en firme, en proceso de notificación o iniciados antes del 31 de marzo de 2022, solo cuando el obligado tributario esté al día en sus obligaciones tributarias materiales y formales”, detalló Zamora.
Recordó que la sanción establecida en el artículo 86 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios se aplica a los sujetos pasivos o declarantes que reincidan en no emitir facturas ni comprobantes autorizados por la Administración Tributaria o en no entregárselos al cliente en el acto de compra, venta o prestación del servicio.
También a los sujetos pasivos que fueron requeridos por Hacienda previamente para que presenten las declaraciones omitidas o ingresen las sumas que hayan retenido, percibido o cobrado. En este último caso, cuando se trate de los contribuyentes del impuesto general sobre las ventas y del impuesto selectivo de consumo, que no lo hicieron dentro del plazo concedido al efecto.
Agregó que esta ley, por una única vez, autoriza el fraccionamiento de pago de deudas líquidas y exigibles del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El Colegio de Contadores Públicos recomendó a los contribuyentes que revisen las reformas establecidas para conocer los requisitos y procedimientos a realizar, en aras de evitar el cierre de su negocio, poner en regla su situación tributaria y evitar sanciones.