Pymes tienen hasta el 8 de diciembre para registrarse y optar a exoneración de impuesto a sociedades

Las micro y pequeñas empresas tienen plazo hasta el 8 de diciembre para registrarse o renovar su condición de pyme ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC). Este requisito es necesario para optar por la exoneración del Impuesto a las Sociedades Jurídicas correspondiente al 2025.


El trámite puede efectuarse por medio del sitio web del Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC), donde se debe completar el formulario correspondiente, informó el MEIC.


El formulario funciona como una declaración jurada, por lo que no es necesario adjuntar documentos para acreditar dos de los siguientes requisitos: cargas sociales ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), obligaciones tributarias ante Hacienda o seguro de riesgos del trabajo ante el Instituto Nacional de Seguros (INS).


Las empresas también pueden hacer el trámite de manera presencial en las oficinas centrales del MEIC, ubicadas en Llorente de Tibás, de lunes a viernes en horario de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. El Registro Pyme tiene una vigencia de cuatro años, es gratuito y voluntario, indicó la entidad.


La exoneración del impuesto se otorga de acuerdo con la Ley N.º 9428, Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, y su reglamento. Este beneficio aplica a micro y pequeñas empresas inscritas en el MEIC, así como a pequeños y medianos productores agropecuarios registrados en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), siempre que estén inscritos como contribuyentes ante la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, refirió el MEIC.


Silvia Castro, especialista en impuestos, explicó que este impuesto anual se calcula en función del salario base, estimado en ¢462.200, con porcentajes que van del 15% al 50% de este monto. Por lo tanto, el pago oscila entre ¢69.330 y ¢231.100. El plazo para cancelar es durante todo el mes de enero.


Después del 8 de diciembre, las empresas podrán seguir solicitando el registro pyme, pero no serán consideradas para la exoneración del impuesto a las personas jurídicas. Las empresas ya inscritas y con registro vigente no necesitan hacer trámites adicionales para acceder a la exención, ya que se aplicará automáticamente.


El MEIC añadió que, además de este beneficio, las empresas registradas como pyme pueden participar como proveedoras del Estado, acceder a servicios de desarrollo empresarial, obtener el Permiso Sanitario de Funcionamiento con tarifa especial para microempresas y participar en ferias empresariales.

Participá en la conversación

Dejá tu Comentario

Para agregar comentarios debe iniciar sesión.