Con el objetivo de aclarar a la opinión pública informaciones fuera de contexto e inexactas que han circulado en medios de comunicación, en relación con la denuncia contra Beta Matrix S.A., trasladada al Ministerio Público por la Dirección General de Tributación, se rechaza categóricamente que los jerarcas del Ministerio de Hacienda hayan mentido a la Asamblea Legislativa, a la Sala Constitucional y al país.
En aras de la transparencia, la Dirección General de Tributación manifiesta lo siguiente:
• El 05 de agosto de 2022, la Dirección de Fiscalización de la Dirección General de Tributación recibió información anónima en la que se denunciaron presuntas irregularidades cometidas por la empresa Beta Matrix S.A. Esta denuncia fue sometida a un proceso de análisis, como resultado del cual, se determinó la obligación de la Administración de trasladar el caso al Ministerio Público.
• Mediante el oficio DF-670-2022, del 10 de octubre de 2022, la Dirección de Fiscalización trasladó al Ministerio Público la denuncia contra la empresa, en el que se dejó constancia de los aspectos técnicos analizados para efectuar el traslado, que corresponden a los elementos de hecho y derecho vinculados a la remisión de la denuncia a la vía judicial. Es a este documento al que hizo referencia el Ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, en su comparecencia ante la Asamblea Legislativa.
• En virtud de su traslado al Ministerio Público y en atención al procedimiento vigente, mediante documento del 26 de octubre de 2022, la Dirección de Fiscalización emitió un informe de cierre en vía administrativa de la denuncia recibida. La emisión de este informe no significa de modo alguno, la conclusión de las actuaciones judiciales sobre los actos denunciados.
• A la fecha, las actuaciones judiciales siguen en curso, y como parte de ello, la Administración Tributaria continúa colaborando con el Ministerio Público por medio de la atención de diversos requerimientos de información.
• El 11 de mayo de 2023, mediante oficio MH-DGT-DF-OF-0151-2023, la Dirección de Fiscalización entregó a la empresa Beta Matrix S.A. dos documentos relacionados con el caso: 1. El informe de cierre en vía administrativa de la denuncia, en virtud de su traslado al Ministerio Público y 2. Una ampliación de dicho informe administrativo, con motivo de una solicitud posterior que realizó el Ministerio Público dentro de la causa penal.
En el oficio MH-DGT-DF-OF-0151-2023 el director de Fiscalización no desmiente al señor Ministro, como erróneamente se ha indicado en algunas informaciones de prensa, toda vez que los dos documentos antes citados no pueden asimilarse al informe técnico de la denuncia, contenido en el oficio DF-670-2022, donde se dejó constancia de los aspectos que fundamentan el traslado del caso.
Valga mencionar que debido a que el oficio DF-670-2022 se encuentra en el expediente que se tramita en el Ministerio Público, este documento ha estado al alcance del contribuyente desde el momento en que tuvo acceso al expediente judicial.
• La Administración Tributaria no puede referirse a aspectos específicos de este caso por el principio de confidencialidad, según los artículos 115 y 117 del Código Tributario, ni acceder al expediente judicial por no ser parte en la causa, conforme al artículo 295 del Código Procesal Penal.
• En cuanto a la instrucción de la Sala Constitucional sobre la que han informado algunos medios de comunicación, a la fecha, el Ministerio de Hacienda no ha sido notificado, motivo por el cual no puede referirse a los alcances de la resolución.