30 de junio vence plazo para realizar el primer pago parcial del Impuesto sobre las Utilidades

La Dirección General de Tributación recuerda a todos los contribuyentes del impuesto sobre las utilidades que, este lunes 30 de junio vence el plazo para realizar el primer pago parcial correspondiente al periodo fiscal 2025, sin recargos ni intereses.


Los pagos parciales son adelantos obligatorios del impuesto y deben efectuarse en junio, setiembre y diciembre.


Para cumplir con esta obligación, el interesado puede efectuar el pago directamente desde el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV), por medio de un Débito en Tiempo Real (DTR); por conectividad, con la cuenta bancaria, mediante el sitio web de la entidad financiera autorizada, o apersonándose a las cajas de estas entidades, donde solo debe indicar el número de cédula. 


En caso de tener saldos a favor, puede pedir una compensación a la Administración Tributaria por medio de un recibo oficial de pago, (formulario D-110), disponible en ATV. 


Los contribuyentes que tengan montos retenidos del 2% establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta, por concepto de licitaciones, contrataciones o negocios que se realicen con el Estado, instituciones, autónomas o semiautónomas, las municipalidades, las empresas y otros entes públicos, pueden solicitar que se les apliquen los créditos que corresponda. 


Aquellos que hayan iniciado actividades durante el presente periodo fiscal, deben realizar la estimación y pagar el impuesto mediante el recibo oficial de pago.


Participá en la conversación

Dejá tu Comentario

Para agregar comentarios debe iniciar sesión.