Hoy vence periodo para declarar y pagar IVA de junio, ATV se desconectará el viernes

Este martes 15 de julio es la fecha máxima para cumplir, sin recargo, con la presentación de las declaraciones y pago de impuestos, correspondientes al periodo de junio del 2025.


De paso, esta semana se desactivará temporalmente la Administración Tributaria Virtual (ATV) del Ministerio de Hacienda.


Esto por cuanto a las 11:45 p.m. del viernes 18 de julio se desconectará el acceso a varios servicios tributarios actuales, entre ellos el ATV.


“Poner en marcha TRIBU-CR implica migrar la información del Registro Único Tributario (excepto las claves, los usuarios, correos electrónicos y teléfonos que por seguridad deberán registrarlos los contribuyentes directamente en el nuevo sistema), créditos fiscales, deudas tributarias, declaraciones de los últimos cuatro años, terceros autorizados y consulta de “Situación Tributaria”. 


Durante este proceso los datos serán revisados y actualizados para garantizar transparencia y trazabilidad.


Lo anterior, implica la desactivación de las siguientes herramientas y sistemas desde las 23:45 horas del próximo 18 de julio, hasta el 3 de agosto, inclusive:  Administración Tributaria Virtual (ATV), Trámites Virtuales (TRAVI); Sistema de Identificación de Contribuyentes (SIC); EDDI 7; Declara7 y DeclaraWeb”, informó el Ministerio de Hacienda en un comunicado.


Vencimiento mensual dentro de los primeros 15 días naturales del mes siguiente:

  • 103-1 Declaración jurada de Retenciones en la Fuente del 2% - Impuesto a las Utilidades.

  • 103-1 Declaración jurada de Retenciones en la Fuente del 3% por Transportes,

  • Comunicaciones, Películas, etc.

  • 103-1 Declaración jurada de Retenciones en la Fuente por Salarios, Jubilaciones y otros pagos laborales.

  • 103-1 Declaración jurada de Retenciones en la Fuente por Pensiones Voluntarias.

  • 103-2 Declaración jurada de Retenciones en la Fuente por Dividendos, participaciones y Asimilables a Dividendos.

  • 103-2 Declaración jurada de Retenciones en la Fuente por Remesas al Exterior V2.

  • 103-2 Declaración jurada de Retenciones en la Fuente por Rentas de Capital Mobiliario-Intereses.

  • D-104-2 Impuesto al Valor Agregado - Sistema Tradicional.

  • D-106 Declaración jurada del Impuesto Selectivo de Consumo.

  • D-107 Declaración Jurada del Impuesto a los Casinos y Salas de Juego.

  • D-114 Declaración Jurada del Impuesto Único por tipo de Combustible.

  • D-117 Declaración Jurada Impuesto Específico sobre Bebidas Alcohólicas.

  • D-125 Declaración jurada de Rentas de Capital Inmobiliario.

  • D-149 Declaración jurada de Autoliquidación del Impuesto Rentas de Capital Mobiliario.

  • D-162 Declaración jurada Impuesto Ganancias y Pérdidas de Capital.

  • D-171 Declaración jurada del Impuesto Específico a las Bebidas Envasadas sin

  • Contenido Alcohólico y Jabones de Tocador.

  • D-186 Declaración jurada del Impuesto Específico al Tabaco.

  • D-187 Declaración jurada Contribución Parafiscal Cruz Roja Costarricense.

  • D-188 Declaración Jurada de IVA de Proveedores e Intermediarios de Servicios

  • transfronterizos mediante internet y otras plataformas digitales.

  • D-189 Declaración jurada del Impuesto sobre la venta y el autoconsumo de cemento.

  • D-710-1 Impuesto Sistemas Electrónicos de vapeo y accesorios.

  • D-710-1 Formulario de Pago para Rentas de Capital Inmobiliario Provenientes de Fuentes Extranjeras.

  • D-710-1 Formulario de Pago para Rentas de Capital Mobiliario Provenientes de Fuentes Extranjeras.

  • D-710-1 Formulario de Pago para Ganancias de Capital Provenientes de Fuentes Extranjeras.

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