Apagón de ATV: Hacienda aclara qué pasará con el segundo pago parcial de renta

El Ministerio de Hacienda desconectará, este jueves, el sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV) para iniciar la migración de los datos de los contribuyentes a la nueva plataforma de gestión de obligaciones fiscales, Tribu‑CR.


No obstante, la institución confirmó que esta medida no afectará el segundo pago parcial del impuesto sobre la renta (ISR).


Además de la declaración anual, todos los contribuyentes deben presentar tres pagos parciales obligatorios al año. Estos se efectúan a finales de junio, setiembre y noviembre.


Según confirmó el Ministerio de Hacienda, el 30 de setiembre es la fecha límite para que los contribuyentes inscritos ante el fisco presenten la declaración del segundo adelanto de las utilidades generadas.


Esta fecha no sufrirá modificaciones ni se verá afectada por la suspensión del ATV, programada para este jueves a las 11:45 p. m.


En consecuencia, los obligados tributarios podrán presentar su declaración mediante la herramienta de Débito en Tiempo Real (DTR) en la Administración Tributaria Virtual hasta las 11:59 p. m. del 30 de setiembre.


Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos, recordó a los contribuyentes que el no cumplimiento de este pago dentro del plazo establecido genera intereses sobre el monto dejado de pagar, calculados según la tasa fijada por el Banco Central y publicada por Tributación.


La multa por morosidad corresponde al 1% por mes o fracción de mes, hasta un máximo del 20% del impuesto omitido, y posibles sanciones adicionales por incumplimiento de deberes formales.

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