El 31 de diciembre es el plazo máximo para cumplir con el tercer pago parcial del impuesto sobre las utilidades, sin recargos ni intereses.
El Ministerio de Hacienda indicó que deben cumplir con esta obligación todos los contribuyentes inscritos en este impuesto, excepto las actividades agropecuarias.
Para facilitar el pago, la Administración Tributaria tiene a disposición los siguientes medios:
- Servicio en línea, con solo digitar una cuenta IBAN en la OVI / Oficina Virtual de TRIBU-CR.
-Atención en las ventanillas de todas las sucursales del Banco de Costa Rica (BCR) y del BAC.
El contribuyente debe verificar que se encuentre al día en el pago de las dos primeras cuotas, para evitar el cobro de intereses.