El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica anunció su oposición a la resolución de la Dirección General de Tributación que obligaría a los grandes contribuyentes a aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) plenas a partir del 1 de enero de 2027.
El ente gremial indicó que presentará una medida cautelar contra la resolución, al considerar que su aplicación generaría un aumento en los costos operativos y obligaría a muchas empresas a llevar una doble contabilidad.
Desde el Ministerio de Hacienda señalaron que la resolución N.° MH-DGT-RES-0015-2026 busca "brindar seguridad jurídica a los contribuyentes y a la Administración Tributaria, respecto de los criterios, interpretación y armonización" entre las normas tributarias y los estándares internacionales de información financiera.
El director de Tributación, Mario Ramos Martínez, explicó:
Los grandes contribuyentes van a tener que presentar sus estados financieros de acuerdo con las NIIF plenas, es decir, con el máximo nivel de desagregación, para tener una mayor transparencia frente al fisco. Igualmente, esta resolución no aplica para las empresas en régimen simplificado y régimen especial agropecuario".
Según Hacienda, las empresas que no sean grandes contribuyentes podrán optar entre aplicar NIIF plenas o NIIF para pymes.
El uso del término “pymes” en los estándares internacionales no se relaciona con el concepto establecido por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
El presidente del Colegio, Francisco Ovares Moscoa, manifestó su preocupación por el impacto de la medida en distintos sectores económicos, y advirtió que su aplicación no es adecuada para todas las entidades clasificadas como grandes contribuyentes.
Impactará de forma directa los costos operativos en la preparación de la información financiera e incita a la realización de una doble contabilidad".
El Colegio explicó que la resolución parte de un criterio técnico cuestionable, al pretender que una empresa mantenga sus registros contables bajo un marco normativo y, al mismo tiempo, presente sus estados financieros bajo otro distinto.
Además, señaló que el uso de estándares internacionales debe ajustarse a las características de cada entidad, ya que no todas las organizaciones tienen la misma estructura ni operan bajo las mismas condiciones que las empresas que cotizan en bolsa.
El ente gremial añadió que, desde 2025, ha advertido a la Administración Tributaria sobre la necesidad de aplicar estos estándares de forma diferenciada, considerando que algunas empresas pueden utilizar NIIF para pymes y otras NIIF plenas.
Finalmente, recordaron que las normas contables tienen como objetivo reflejar la información financiera de las empresas, mientras que las leyes tributarias definen los criterios para el cálculo y pago de impuestos, por lo que ambos ámbitos no deben confundirse.