Hacienda ordena al Poder Judicial poner a disposición de Tesorería Nacional dos cuentas bancarias donde manejan intereses por depósitos judiciales

El Ministerio de Hacienda emitió una orden al Poder Judicial para que ponga a disposición de la Tesorería Nacional dos cuentas bancarias donde dicha entidad maneja intereses por depósitos judiciales. 


Se trata de un oficio emitido a Orlando Aguirre en calidad de presidente de la Corte Suprema de Justicia, esto pese a que el nombramiento del magistrado en dicho cargo venció el pasado 26 de septiembre. 


El documento MH-DVME-OF-0288-2026 lo firma el viceministro de Egresos, Luis Molina, e incluye el visto bueno del Tesorero Nacional, Michael Contreras. 


“Orden de apertura de dos cuentas bancarias comerciales y traslado de los intereses generados por depósitos judiciales en cumplimiento de la Ley No. 10.495 y el Decreto Ejecutivo No. 45208-H”, describe el asunto del documento enviado.


En el texto se menciona el rol que tiene la Tesorería Nacional sobre las cuentas bancarias de las entidades del Estado y la legislación vigente. 


“El Reglamento prohíbe a las entidades participantes abrir cuentas bancarias comerciales, salvo las expresamente autorizadas por la Tesorería Nacional; además, dispone que el Sistema de Depósitos Judiciales es auxiliar del Sistema de Cuentas del Sector Público y que corresponde a la Tesorería Nacional integrar su información, monitorear los fondos y administrar la liquides y la rentabilidad de los sados ociosos y sin movimiento. 


“En este marco, se han identificado las siguientes cuentas relacionadas con intereses generados sobre depósitos judiciales”, menciona el oficio al detallar dos cuentas del Banco de Costa Rica (BCR) que el Poder Judicial deberá poner “en completa disposición” de la Tesorería Nacional. 


De acuerdo con la información, las cuentas comerciales detectadas por Hacienda tienen como origen de los fondos intereses sobre saldos judiciales. 


Además de acatar lo ordenado por Hacienda, se pide al Poder Judicial informar si tiene otras cuentas comerciales en colones como las detectadas y en caso de ser así proceder de la misma manera, es decir, poner la cuenta a disposición de la Tesorería.


“Para iniciar la ejecución de esta orden, el Poder Judicial deberá remitir a la Tesorería Nacional, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de este oficio, copia de la orden al BCR del cambio de la gestión de dichas cuentas”, menciona el oficio donde se establecen los canales de coordinación entre las partes.


Además, el documento menciona de manera directa que la orden emitida es de cumplimiento obligatorio y que se harán las gestiones necesarias para verificar su ejecución en los plazos establecidos, o bien, de lo contrario, se acudirá a las instancias que corresponde para sentar responsabilidades administrativas. 


“Se solicita comunicar esta orden de inmediato a las dependencias administrativas, financieras, tecnológicas y jurídicas responsables de su ejecución”, concluye el viceministro en el oficio enviado. 


"No pertenecen al Poder Judicial"


Ante la petición del Ministerio de Hacienda y la orden emitida, el Poder Judicial responde que los montos ubicados en dichas cuentas no son de la entidad y analizan las acciones que corresponden. 


Por medio de la oficina de prensa, dicho Poder de la República explica que las cuentas "detectadas" resguardan intereses que generan diversos depósitos asociados a distintos procesos judiciales donde se incluyen depósitos de pensiones alimentarias, procesos sucesorios, expropiaciones, cobros judiciales, fianzas, entre otros. 


"Tal como lo ha señalado la Sala Constitucional, estos recursos pertenecen a las partes de los respectivos procesos judiciales, es decir, a las personas usuarias, de acuerdo con lo que determine la autoridad judicial en cada caso.


"Una vez que existe una resolución judicial que autoriza la entrega, el dinero puede ser girado a la persona beneficiaria, conforme al procedimiento correspondiente. Ni los depósitos ni los intereses generados pertenecen al Poder Judicial. Se trata de recursos de naturaleza privada sobre los cuales el Poder Judicial no tiene facultad legal para disponer en sede administrativa", responden ante el oficio recibido este martes. 


La posición de la entidad es que no pueden disponer de dichas cuentas o recursos porque, pese a que aparecen bajo control del Poder Judicial, no corresponden a ingresos o patrimonio de la institución. 


Además, se explica que se tiene claro que las cuentas bancarias deben formar parte del Sistema de Cuentas del Sector Público y ya se trabaja en su incorporación con la coordinación de la Tesorería Nacional.


Ante esto, asegurarán que analizarán el contenido del oficio enviado por Hacienda y las acciones que correspondan en defensa del principio de que dichas cuentas bancarias señaladas tienen recursos que no son del Poder Judicial, sino de las personas usuarias involucradas en los diferentes procesos y a la espera de resoluciones. 

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