El poder de la información fiscal

Proponen ampliar la cantidad de bienes con IVA reducido

Una iniciativa de ley pretende que más productos de la Canasta Básica Tributaria solo paguen la tarifa reducida del 1% del Impuesto al Valor Agregado (IVA).


La propuesta, que se tramita bajo el expediente legislativo 23.900, es impulsada por la diputada Kattia Cambronero, del Partido Liberal Progresista (PLP), y consiste en una reforma a la Ley sobre la Definición de la Canasta Básica.


“Lo que estamos tratando es modificar la forma como se calcula la Canasta Básica Tributaria. Lo que buscamos es que mayor cantidad de productos que consumen los costarricenses paguen solo el 1% del IVA reducido. Y es que la forma como se calcula en este momento está llena de subjetividad y depende de la institucionalidad pública”, dijo la legisladora.


Actualmente, la ley 9914 define que la Canasta Básica Tributaria es el conjunto de bienes de consumo efectivo primordial del 30% de la población de menores ingresos.


Sin embargo, Cambronero argumentó que siempre ha existido ambigüedad y falta de transparencia en cuanto a la metodología que usa el Poder Ejecutivo para definir si un artículo ingresa o abandona esta lista.

Exclusión

Históricamente, ha existido una diferencia entre los productos que el Ministerio de Hacienda considera de consumo efectivo primordial y los que realmente consumen los hogares costarricenses.

En un análisis realizado por el Consejo para la Promoción de la Competitividad (CPC) el 5 de octubre de 2022, se concluyó que al menos 70 bienes estaban siendo excluidos de la Canasta Básica Tributaria, a pesar de que representaban un gasto importante para las familias de menores ingresos. Entre estos productos estaban, por ejemplo, el detergente en polvo, el jabón de baño, el champú, las tortas de pollo, el atún, la lechuga y la fresa.

Según la congresista, esas inconsistencias son ocasionadas por la falta de claridad que existen en la ley y su reglamento para definir conceptos fundamentales que correspondan con las necesidades del consumo verdadero de las personas.

Sostuvo que eso ha permitido que los gobiernos de turno los definan de acuerdo con medidas antojadizas y carentes de criterios técnicos precisos.

Con esta reforma, además de aclarar conceptos fundamentales para el cálculo de la Canasta Básica Tributaria, se pretende incluir en el cálculo de la misma los criterios empleados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) para la definición de los artículos de consumo que integran el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Con la propuesta, se deberán considerar en el listado los productos respaldados por el INEC en las siguientes categorías: alimentos y bebidas no alcohólicas, prendas de vestir y calzado, productos para la limpieza y el mantenimiento del hogar, libros, materiales de oficina y productos para el cuidado personal. Además de sus actualizaciones periódicas.

“Este ajuste a la ley 9914 es fundamental para que el cálculo de la canasta básica, de una vez por todas, se realice de manera objetiva de acuerdo con el comportamiento en el consumo de los hogares de menos recursos. Ha sido una injusticia que los costarricenses sigan pagando relajos en el precio de muchos productos de primera necesidad”, agregó Cambronero.

La iniciativa cuenta con el apoyo técnico del Consejo de Promoción de la Competitividad (CPC) y la firma de otros diputados de las bancadas de los partidos Liberal Progresista, Unidad Social Cristiana (PUSC) y Nueva República.


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