El Ministerio de Hacienda trabaja en un proyecto de resolución que tiene como objetivo establecer formalmente los requisitos que deben cumplir las declaraciones juradas presentadas como parte de los procedimientos gestionados ante la Dirección General de Tributación (DGT).
El proyecto, disponible en la página web del Ministerio de Hacienda, establece que los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones juradas ante un notario público, o de manera individual a través de firma digital o firma manuscrita autenticada por un abogado. Además, detalla los requisitos específicos para cada una de estas modalidades.
Las declaraciones juradas son manifestaciones cuya veracidad se respalda mediante diversos mecanismos legales, lo que implica que el contenido de la declaración se considera cierto hasta que se demuestre lo contrario.
Expertos consultados por La Nación explicaron que esta resolución llegaría a normar algo que actualmente sucede en la práctica.
Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, explicó que la resolución establecerá las situaciones en las que la Tributación podrá solicitar una declaración jurada.
De acuerdo con el considerando 7 del documento, en casos de fuerza mayor o caso fortuito en los que la entidad no pueda acceder a las bases de datos públicas, podrá requerir una declaración jurada o, en su defecto, llevar a cabo una verificación posterior de la información.
“Cuando Tributación tenga que aclarar alguna información del contribuyente que no esté en alguna base de datos pública y quiera acelerar el trámite, le va a requerir a la persona una declaración jurada”, explicó Zamora.
Mario Hidalgo, socio líder de impuestos de Grant Thornton, indicó que la declaración jurada se ha establecido en diversos sistemas jurídicos, en gran medida para agilizar ciertos trámites. La definición de esta resolución beneficiaría a los contribuyentes al acelerar ciertos procedimientos, según Hidalgo. En eso coincidió Dunia Zamora.
Es importante señalar que este tipo de declaraciones juradas están ligadas a solicitudes de información necesarias para procedimientos determinativos, o sea, trámites o solicitudes que realizan los contribuyentes, como cuando se solicita una devolución o exenciones de impuestos, por ejemplo.
Zamora afirmó que la resolución aplicaría únicamente a los trámites gestionados ante la DGT y no a otras entidades como la Dirección General de Aduanas o la Dirección General de Hacienda.
¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos que se establecen en el proyecto de resolución son los mismos que se aplican en la actualidad, aunque no están normados en una resolución, según la presidenta del Colegio de Contadores Públicos.
Estos requisitos se detallan en el artículo 4 del proyecto de resolución, donde se especifica que las declaraciones hechas ante un notario deben cumplir con los requisitos establecidos en el Código Notarial.
Esto incluye que el notario informe al declarante sobre las posibles sanciones en caso de falsedad, o cuando la declaración no esté relacionada con información propia de la persona o empresa.
En términos generales, se establece que las declaraciones juradas deben contener el nombre completo del declarante, su condición (si se trata de una persona física o un representante legal de una entidad, en cuyo caso se debe indicar el nombre y la cédula de identidad de la persona jurídica representada), número de cédula, estado civil, ocupación y dirección.
Además, el documento debe indicar el motivo por el cual se rinde la declaración jurada, descripción de los hechos sobre los que verse la declaración, señalar que declara bajo fe de juramento conociendo las sanciones penales y la firma manuscrita o digital según el tipo de documento.
Hidalgo opinó que los requisitos que se piden en el proyecto de resolución son razonables.
El experto en impuestos de Grant Thornton advirtió que los contribuyentes deben ser cuidadosos en los casos donde la Administración Tributaria solicite las declaraciones y no es voluntad del contribuyente otorgar la información, pues podría cometerse el error de declarar bajo juramento sobre una situación que le perjudique al contribuyente o no le conste.
Por su parte, Zamora recomendó a los contribuyentes mantener sus datos actualizados en el Registro Único Tributario (RUT), ya que podrían enfrentar sanciones si la información está desactualizada y no coincide con la proporcionada en las declaraciones juradas.
El proyecto de resolución estuvo en consulta pública hasta el 20 de octubre pasado, como lo establece el Código Tributario. La DGT debe revisar los comentarios sobre el proyecto una vez que se haya completado este proceso, aunque no está obligada a incorporarlos.