El poder de la información fiscal

Aduanas emite disposición que dará mayor seguridad jurídica a los importadores y contribuirá a la facilitación del comercio

Desde este martes, 25 de abril, el Servicio Nacional de Aduanas (SNA) del Ministerio de Hacienda aplica nuevas medidas que darán mayor seguridad jurídica a los importadores y contribuirán a la facilitación del comercio.


Estas disposiciones modifican el procedimiento para el pago de la obligación tributaria de las declaraciones aduaneras de importación definitiva con despacho anticipado, por vía marítima, lo que en adelante se realizará hasta que la autoridad portuaria registre en el sistema informático la fecha y hora del arribo de la nave al muelle.


Anteriormente, el despacho anticipado implicaba que el importador debía pagar los impuestos antes de que el vapor llegara al puerto y, en caso de que ocurriera algún inconveniente, tenía que realizar una nueva declaración, pagar otra vez los mismos tributos asociados a la importación y solicitar la devolución de aquellos cancelados inicialmente.


“El cambio que estamos implementando desde hoy demuestra el compromiso de las autoridades hacendarias con la facilitación del comercio. Al disponer que el pago de la obligación tributaria aduanera no se realice hasta que se confirme el arribo de la embarcación al puerto, se corrige un problema histórico que ha afectado la capacidad económica de los operadores de comercio y que ha implicado la gestión de múltiples procesos de devolución de impuestos por parte del Servicio Nacional de Aduanas”, señaló Gerardo Bolaños, director general de Aduanas.


En el último año, las Aduanas de Limón y Caldera tramitaron un promedio mensual de 2.521 declaraciones de importación de forma anticipada y solo en los años 2021 y 2022, el SNA atendió más de 291 trámites de devolución de tributos pagados de forma anticipada, por un monto superior a los ¢833 millones.


Esta nueva disposición se alinea con el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Organización Mundial del Comercio y a lo dispuesto en el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech y su anexo (Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, Ley N° 9430-A del 4 de abril de 2017), el cual busca agilizar el movimiento y despacho en aduana de las mercancías, eliminar obstáculos administrativos y reducir los tiempos de entrega y costos de transacción.

 


Participá en la conversación

Dejá tu Comentario

Para agregar comentarios debe iniciar sesión.