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Ley para evitar cobro de renta a sobresueldo por pagos retroactivos pasa el primer debate

El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este lunes en primer debate un proyecto de ley de la diputada liberal, Johana Obando Bonilla con el que se pretende evitar que el Ministerio de Hacienda haga cobros injustos del impuesto sobre la renta a los asalariados cuando estos reciban pagos retroactivos, situación en la que se encuentran en este momento miles de empleados públicos a quienes se les ha empezado a depositar el aumento salarial acumulado desde el año 2020.

La iniciativa tramitada bajo el expediente 24.140 recibió 39 votos a favor y 6 en contra, estos últimos provenientes del oficialismo. Su segundo debate quedó programado para este jueves, última día habilitado para aprobar proyectos de ley antes de que el Congreso salga a receso de Semana Santa.

El proyecto dispone reformar el artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que contiene la escala de tarifas del tributo que el empleador o patrono debe retener a favor del Ministerio de Hacienda, para añadir un nuevo texto en el que se señale que las rentas retroactivas deberán tributarse en el periodo en el que se han devengado, para lo cual el patrono deberá en caso de ser necesario rectificar la declaración del impuesto respectiva, y que dicha declaración rectificativa no generará intereses.

La diputada Obando señaló en su proyecto de ley que en la actualidad cuando un trabajador recibe salarios retroactivos, la Administración Tributaria puede calcular el impuesto sobre la renta sobre el salario devengado, sin tomar en cuenta que el ingreso extra al salario real corresponde a un pago retroactivo y no al salario bruto real, pues Hacienda suma el monto del pago retroactivo al salario líquido, gravando de manera indirecta manera ambos ingresos.

Por ejemplo, un trabajador que percibe un salario líquido mensual de ₡608.000 recibe un ingreso por efectos retroactivos de ₡500.000 sumando en total ₡1.108.000 por lo que para efecto del impuesto sobre la renta estaría sujeto al rebajo de un 10% correspondiente a todo salario superior a ₡929.000, en este ejemplo se demuestra que los ingresos por concepto de salario y/o retroactivo no superan el monto mínimo establecido por ley, lo cual no debe estar sujeto a la reducción del impuesto, a pesar de la sumatoria de ambos ingresos sea mayor al mínimo establecido.

Una vez en firme esta reforma y al menos para este año, el pago del impuesto sobre la renta aplicará únicamente en situaciones en que el monto obtenido por concepto retroactivo sea mayor a ₡929.000 y no por la sumatoria del total obtenido ese mes.

Actualmente miles de funcionarios públicos están recibiendo retroactivamente el pago del aumento salarial del 2020 que había sido retenido por la pandemia de COVID-19 y Hacienda señaló que el cobro del impuesto sobre la renta también se realizará de manera retroactiva, es decir, de forma proporcional al impuesto por cada mes y no de forma acumulada.

Pese a ese anuncio la Asamblea Legislativa aceleró el trámite del proyecto de ley de la diputada Obando, dispensándolo de trámites y dándole primer debate este lunes.

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