El poder de la información fiscal

Empresarios objetan plan del Gobierno que daría “superpoder” a Tributación

El sector empresarial objetó este miércoles el proyecto de ley que impulsa el Gobierno que le daría un “superpoder” y “potestades confiscatorias” a la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.


La posición la fijó la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) y la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) en una audiencia ante los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios, órgano del Congreso que estudia la iniciativa bajo el expediente 23.759.


Sergio Capón, presidente de la CICR y presidente en ejercicio de la Uccaep, recordó a los legisladores que han abogado por un sistema fiscal simple, eficiente, de fácil gestión para evitar el costo excesivo de cumplimiento tributario a las empresas y que se han opuesto enérgicamente a trámites innecesarios y a los procesos arbitrarios contra los contribuyentes.


“Respecto específicamente del expediente 23.759, deseamos manifestar nuestra profunda preocupación por lo que se considera es un ataque frontal a dos principios fundamentales del sistema de libre mercado y de preponderancia del individuo frente al poder del Estado: la autonomía de las sociedades mercantiles respecto de sus socios y administradores y a la destrucción del estado de inocencia de que gozan los contribuyentes”, manifestó Capón.


Capón puntualizó las siguientes observaciones al texto:


  •     La propuesta para que los accionistas respondan solidariamente por las deudas fiscales de las sociedades, aun si son socios pasivos, podrían un serio obstáculo a las empresas que cotizan o quieran cotizar en bolsa.

  •     La intención de que cualquier empresa de un grupo económico sea considerada responsable por las deudas de otra atenta contra el principio de libre organización de los factores productivos y supone un riesgo muy alto que podría terminar desincentivando la actividad productiva.

  •     Se estaría creando una presunción inconstitucional de culpabilidad para derivarles responsabilidad en las deudas, quebrando el principio fundamental de la responsabilidad, en tiempos en que se busca el crecimiento económico, generación de empleo y atracción de inversión. “La Cámara no ve razón para una medida tan drástica que, lejos de generar confianza en los agentes económicos, haría que muchas empresas busquen otros países que dividan la responsabilidad entre los socios y los administradores y entre las empresas de un mismo grupo económico.

  •     Preocupa la amplia definición de responsable subsidiario del artículo 25 propuesto y las medidas para ampliar la prescripción en materia tributaria de 4 a 10 años: el instituto jurídico de la prescripción no puede interrumpirse por indicios o posibilidades de fraude. “Se justifica la prescripción ampliada a 10 años para los casos de no presentación de declaraciones o para quienes no se registren como sujetos pasivos, en relación con las capacidades económicas que le sean probadas como propias pero la forma como pretende reformarse este instituto violenta el principio básico de certeza que debe prevalecer en cuanto a las potestades de fiscalización del Estado, generándose una presunción generalizada de evasión fiscal sobre todas las empresas y personas que se ganan la vida emprendiendo”.

  •     Sobre la intención de permitir el levantamiento del velo societario sin intervención judicial en casos de presunto fraude, sin que el mismo deba ser declarado por un juez, viola los derechos de los accionistas y administradores, comprometiendo la seguridad jurídica y el debido proceso. “Además de esto, se desnaturalizan las sociedades anónimas y pierde el fin para el que fueron constituidas generando una presunción generalizada de que todas las empresas costarricenses son creadas para cometer fraude”.

  •     Con respecto a la propuesta para que, sin la intervención de un juez, funcionarios de las dependencias del Ministerio de Hacienda ingresen a recintos privados o confisquen documentación, inventarios o activos en el marco de procesos de fiscalización, que pueden ser sesgados y arbitrarios y presuponen de antemano que los fiscalizados son culpables de evasión fiscal.

“Creemos que el Código de Normas y Procedimientos Tributarios ya cuenta con herramientas suficientes para atacar el fraude, para acceder a recintos privados, para obtener información, para sancionar severamente las resistencias a los controles. La Dirección General de Tributación ya puede obtener inclusive información bancaria de los contribuyentes y puede acusar en sede penal por delitos de fraude fiscales, recursos que ya utiliza constantemente. No vemos necesario dotar de las herramientas que se proponen y nos preocupa el efecto que esto pueda tener sobre los contribuyentes que formalmente y con profunda responsabilidad cívica pagan los impuestos correctamente”, agregó Capón.

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