Los magistrados de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia confirmaron una sentencia según la cual la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) no puede hacer cobros retroactivos a los trabajadores independientes, para saldar supuestas diferencias en sus cuotas a la seguridad social, únicamente a partir de la revisión de sus declaraciones del impuesto sobre la renta.
Los diputados dejaron en firme al aprobar en segundo debate este lunes (por unanimidad), el expediente 21.434, una iniciativa que impone un plazo de prescripción de cuatro años a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para el cobro de cargas sociales a los trabajadores independientes.