Impuesto a la propiedad de vehículos se determina según el precio de venta registrado

El Ministerio de Hacienda aclara a la ciudadanía que, de acuerdo con la Ley actual del impuesto a la propiedad de vehículos (Ley N°10390), esta institución no calcula ni estima el valor de estos, únicamente, utiliza como referencia el precio registrado al momento de la compra-venta. Por lo tanto, para los vehículos en circulación, el impuesto se basa en el precio de venta o el valor del contrato en la escritura pública.

En este sentido para los vehículos registrados en 2024 que pasarán a formar parte de la flota circulante a partir del periodo fiscal 2025, la base imponible del impuesto será el precio de compra o el valor del contrato inscrito, cuando este sea superior al valor de importación del vehículo, porque así lo indica la Ley.
 
En consecuencia, para todos los vehículos inscritos posterior a la aprobación de la Ley, el impuesto se basa en el precio de venta de cada vehículo, lo cual permite que dos de la misma marca, modelo y año puedan tener valores fiscales distintos y, por ende, impuestos diferentes, dependiendo del precio al que fueron vendidos.

Las personas interesadas pueden consultar el impuesto a pagar en la herramienta AUTOGESTIÓN, disponible en la página web de Hacienda (www.hacienda.go.cr). Quien desee solicitar una revisión o presentar un reclamo puede hacerlo, por medio de la plataforma TRAVI, disponible en este mismo sitio o de manera presencial, en la Administración Tributaria más cercana a su domicilio fiscal


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