El viceministro de Ingresos de Hacienda, Víctor Julio Carvajal Porras, comunicó este lunes, 2 de noviembre, que para el periodo 2027, el 56% de la flotilla vehicular inscrita en el Registro Público mantendrá el mismo monto del impuesto a la propiedad que pagó el año pasado y el 42% pagará un monto menor, según la forma de cálculo establecida en la Ley 10390.
Según explicó el Viceministro, conforme la normativa vigente los vehículos con más de 15 años de antigüedad mantienen el monto del impuesto, mientras que a los que tienen menos años, se les aplica una tabla de depreciación según el modelo y sobre ese monto se calcula el impuesto.
Además, por primera vez, 37.906 vehículos eléctricos pagarán el 100% del impuesto. Esto debido a que las exoneraciones que le fueron concedidas por medio de la Ley N°9518 (Ley de Incentivos y promoción para el Transporte Eléctrico) y sus reformas, se aplicaron de manera temporal y gradual hasta el año anterior.
Para el periodo 2027, la flotilla vehicular sujeta al pago del impuesto está conformada por 3.374.092 unidades (159 mil más que la del año pasado), incluyendo vehículos automotores, aeronaves y embarcaciones, sin embargo, de acuerdo con el Instituto Nacional de Seguros, el derecho de circulación lo pagan los propietarios de alrededor de 2.090.000 unidades.
Las personas tendrán tiempo hasta el 31 de diciembre de este año para cumplir esta obligación sin recargo ni intereses. El pago se realiza mediante el recibo que emite el INS, y se cobra cada año en el derecho de circulación, conocido como “marchamo”.
En el caso de las embarcaciones y aeronaves el impuesto se encuentra disponible para pago por medio del sistema TRIBU-CR en www.hacienda.go.cr, o presencialmente en las ventanillas bancarias del Banco de Costa Rica y del BAC.
Las personas interesadas pueden consultar el impuesto a pagar por su vehículo automotor en AUTOGESTIÓN y por aeronaves y embarcaciones en AEROEMBA. Ambos servicios están disponibles en la página web de Hacienda (www.hacienda.go.cr), banner principal.
Quien desee solicitar una revisión puede hacerlo por medio de la Oficina Virtual (OVi), de TRIBU-CR, también disponible en la página web de Hacienda, seleccionando “Revisión del Valor Fiscal y del Impuesto sobre la Propiedad de Vehículos Automotores, Embarcaciones y Aeronaves (Marchamo 2027)” o de manera presencial, en la Sede Tributaria más cercana a su domicilio fiscal.
De acuerdo con la legislación vigente, un 50% de los ingresos que resulten de la recaudación de este impuesto se destina al Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) para la atención de la red vial nacional, y el otro 50% se mantiene en el fondo general del Gobierno para atención de los diferentes programas presupuestarios, tales como educación, seguridad, vivienda y obras públicas.
Ejemplos de aplicación del impuesto a la propiedad en 2026 y en 2027>
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Vehículo |
Valor fiscal 2026 |
Impuesto periodo 2026 |
Valor fiscal 2027* |
Impuesto periodo 2027 |
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Vehículo gama alta |
47.190.000 |
1.506.635 |
42.330.000 |
1.336.605 |
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Vehículo media |
28.750.000 |
861.235 |
25.790.000 |
757.705 |
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Vehículo popular (más de 15 años) |
1.400.000 |
30.180 |
1.400.000 |
30.180 |
*Segúntabla de depreciación de la Ley del Impuesto a la Propiedad, N° 10390, y añomodelo del vehículo.