Los trabajadores independientes podrían recibir un alivio fiscal con la ampliación de la base exenta en el Impuesto sobre la Renta (ISR), si se concreta la ley aprobada este lunes por el Congreso, que eleva el monto exento anual de ¢4.181.000 a ¢6.244.000. Ahora, la decisión está en manos del Poder Ejecutivo, que deberá definir si sanciona la norma o la veta.
El impuesto sobre la renta es un tributo que deben pagar tanto personas como empresas sobre los ingresos que generan. Abarca salarios, ganancias por ventas, rentas y cualquier otro beneficio obtenido en el país, salvo que la ley lo excluya, y se calcula con base en los ingresos obtenidos durante el año fiscal. Además, su pago se realiza de forma progresiva; es decir, quienes perciban un mayor ingreso, deberán pagar un mayor porcentaje.
Este lunes, el Congreso aprobó en segundo debate un proyecto de ley (expediente 23.578) para reducir este impuesto sobre la renta a los trabajadores independientes. La iniciativa obtuvo el respaldo de 35 diputados de seis fracciones políticas e independientes, mientras que los ocho legisladores del Partido Progreso Social Democrático (PPSD) votaron en contra.
Con la reforma, los trabajadores independientes que perciban ingresos anuales inferiores a ¢6.244.000 (aproximadamente ¢520.000 mensuales) quedarían exentos del tributo. Actualmente, solo están exonerados aquellos con ingresos mensuales cercanos a ¢348.000 (¢4.181.000 al año).
El aumento en la base exenta también reducirá el monto a pagar para los demás niveles de ingresos, ya que el impuesto se aplica de forma progresiva. Por ejemplo, quienes perciban ¢7 millones anuales pasarán de tributar ¢320.000 a ¢75.000.
La ley, al haber sido aprobada por la Asamblea Legislativa, debe ser revisada por el Poder Ejecutivo. Este tendrá la opción de vetarla dentro de los 10 días hábiles posteriores a recibir el proyecto aprobado. Al respecto, el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, confirmó que el gobierno analiza esta opción.
‘Un alivio general’
Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, señaló a La Nación que esta iniciativa representa “un alivio general” para los trabajadores por cuenta propia, pues muchos se encuentran en el rango ampliado.
Destacó que la modificación de la base les permitirá acceder a una reducción considerable, que podrán destinar a inversiones, especializaciones, capacitaciones y otros aspectos que favorezcan el crecimiento de sus negocios.
En esta misma línea, Raymundo Volio, abogado especializado en impuestos de la firma Actualidad Tributaria, explicó que, en los últimos dos años, el impuesto sobre las utilidades obligó a la mayoría de los contribuyentes a pagar más. Entre ellos, señaló que existe un grupo que, de manera desproporcionada, asume una carga tributaria mayor: los trabajadores independientes de bajos recursos.
“Este proyecto busca una mayor equidad fiscal y se logra, finalmente, una mejora para este sector antes mencionado”, indicó en un comunicado divulgado por la firma.
Según Volio, el problema radica en que un trabajador independiente comienza a pagar el ISR al superar ingresos de ¢348.000 mensuales, mientras que un asalariado solo lo hace cuando sus ingresos superan los ¢900.000 al mes. Por ende, la reforma, se busca disminuir esta diferenciación y generar un mayor alivio fiscal para quienes operen bajo la modalidad independiente.
¿Qué pasa si soy asalariado y trabajador independiente?
Silvia González, socia de Impuestos y Legal de la firma Grant Thornton, advirtió a este diario sobre una particularidad que afecta a quienes son simultáneamente asalariados y trabajadores independientes. Explicó que, en estos casos, la exoneración del ISR no puede aplicarse en ambas condiciones, por lo que deben considerar este factor al declarar sus ingresos.
“Las personas que tienen la doble condición de ser independiente y estar sujeto a un salario que ya sufre retenciones por parte del patrono, deberán considerar el monto exento ya disfrutado por la parte del salario y reducirlo al momento de presentar la declaración de impuesto de renta como independiente para que no apliquen ese beneficio de forma doble”, explicó.
Al amparo de la normativa tributaria, si la exoneración por el salario es mayor, no podrán aplicar el beneficio en su actividad independiente. En caso contrario, deberán determinar el impuesto sobre sus utilidades y restarle la exoneración ya utilizada en el salario. El tributo correspondiente se calcula mediante la declaración de impuestos.