Tasas de interés máximas para tarjetas, créditos y microcréditos en colones vuelven a bajar

Estas tasas de referencia no mostraban reducciones desde el segundo semestre de 2022, hasta el cambio hacia la baja anunciado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) a inicios de este año.


En tanto, las tasas máximas de interés en dólares y los créditos definidos en otras monedas experimentaron un aumento, lo que refleja una continuidad hacia el alza, a partir del ajuste efectuado en enero pasado.


Las tasas de referencia fueron anunciadas este viernes 4 de julio por el BCCR por medio de un comunicado de prensa. Las nuevas tasas anuales máximas de interés para operaciones de crédito en colones, dólares estadounidenses y otras monedas, también conocidas como “tasas de usura”, regirán durante seis meses.


Según este nuevo cálculo, las tasas de interés en colones bajarán entre 1,71 y 2,34 puntos porcentuales (p. p.) en relación con las establecidas en el primer semestre de 2025, mientras que las de dólares subirán entre 0,04 y 0,05 p. p.


Para los créditos en colones, la nueva tasa máxima será del 36,65%, lo que refelja una reducción de 1,71 p. p. con respecto al 38,36% anunciado en el enero.


En el caso de los microcréditos en colones, la tasa establecida fue de 51,74%, una reducción de 2,37 p.p. con respecto a la referencia de 54,11% anunciada a inicios de este año


En el caso de las operaciones en dólares, la tasa se estableció en 30,46%, es decir 0,04 p. p. más que el 30,42% de enero. Para los microcréditos en la moneda estadounidense, la tasa pasó de 43,08% a 43,13%, un incremento de 0,05 p.p.


De acuerdo la legislación, se considera microcrédito aquél que no supera un monto máximo de 1,5 veces el salario base del oficinista 1 del Poder Judicial, establecido en ¢462.200, con lo cual el límite para una operación de este tipo es de ¢693.300. Esto excluye las tarjetas de crédito, ya que aplican las tasas generales.


Los créditos en otras monedas, que no sean dólares ni colones, tendrán una tasa de referencia de 7,50%, un incremento de 0,02 p. p. con respecto al 7,48%, anunciado en enero.


El cálculo y publicación de las tasas anuales máximas de interés lo realiza el Banco Central en la primera semana de enero y julio de cada año, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 bis de la Ley N° 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.


Las tasas de interés máximas son de cumplimiento obligatorio para entidades financieras supervisadas, así como para las empresas que prestan dinero y no están reguladas, como lo establece la denominada “ley de usura”, normativa vigente desde junio de 2020.

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