A partir de setiembre, los comerciantes que reciban pagos de sus clientes por medio de Sinpe Móvil deberán registrarlos en sus comprobantes electrónicos, ya que se incluirán como uno de los métodos de pago.
La disposición forma parte de la versión 4.4 de los comprobantes electrónicos, que será obligatoria desde el próximo mes. Esta actualización introduce cambios en la facturación digital para reforzar el control tributario.
Con esta nueva versión, los contribuyentes tendrán que emplear códigos de referencia específicos para cada método de pago. Por ejemplo, en el caso de Sinpe Móvil se usará el 06 y para el efectivo, el 01.
La factura electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes, sean personas físicas y jurídicas, según su actividad económica. Este tipo de comprobante se caracteriza por usar un estándar XML, contar con validación en tiempo real y tener firma electrónica.
Fiscalización de contribuyentes
Mario Ramos, director de la Dirección General de Tributación (DGT), afirmó que con esta información podrán determinar la magnitud de las transacciones gravables que se realizan en la plataforma y realizar una adecuada fiscalización tributaria.
“Ahora nosotros podemos tener una noción, a partir de esa información objetiva. Es una primera aproximación para poder ver cuánto se está manejando dentro del comercio. En este momento no tenemos un estudio que nos diga cuánto de los bienes que se transan se pagan por Sinpe”, externó Ramos.
El director de Tributación precisó que la plataforma de pagos no es una herramienta de evasión, aunque algunos comerciantes podrían utilizarla con ese fin. Remarcó que, a diferencia del efectivo, el sistema ofrece trazabilidad.
“La diferencia que tiene Sinpe es que, si una persona lo utiliza como mecanismo de pago y recibo una denuncia (...), podré, con los mecanismos legales disponibles, iniciar una fiscalización y, a través de un juez, acceder a la información de las cuentas y, entonces, identificar y atrapar al evasor”, dijo Ramos.
El plan de Hacienda es utilizar el comprobante electrónico como su principal fuente de información para fiscalizar. Ramos añadió que han sostenido conversaciones con el Banco Central de Costa Rica (BCCR) sobre Sinpe Móvil, ya que es el administrador de la plataforma.
“¿Cuándo tendríamos un problema? Cuando una persona recibe 150 o 200 Sinpes al mes, está inscrita y no ha emitido un solo comprobante electrónico, y declara en cero. Ahí se podrían levantar las alertas y decir: ‘llamemos a este señor para preguntarle qué está pasando’. Y aun así, eso no significa necesariamente evasión. Hay que construir todo el caso para determinar si se trata de un contribuyente con claro afán de evadir”, comentó Ramos.
El Sinpe Móvil movió ¢10,9 billones el año pasado, una cifra histórica en la plataforma administrada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR).
Además, hubo 649,8 millones de transacciones por dicha plataforma en el 2024, lo cual significó un incremento del 28,3%, respecto a los 506,2 millones de operaciones el año previo, según los datos del ente emisor.

¿Cómo actuará el fisco?
Alberto Peralta, director de Impuestos de EY, explicó que toda operación pagada mediante Sinpe Móvil que provenga de una actividad de carácter lucrativo se encuentra sujeta al cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas por la ley. Esto implica la determinación y el pago de los tributos correspondientes.
“Con la implementación de la nueva versión de comprobantes electrónicos, la Administración Tributaria podrá contar con información más detallada y precisa sobre las transacciones realizadas por medio de esta plataforma, lo que le permitirá ejercer un control más efectivo sobre el origen de los fondos y la naturaleza de las operaciones”, afirmó Peralta.
Añadió que las facultades de fiscalización aplican tanto para personas físicas y jurídicas debidamente inscritas ante la Administración Tributaria, como para aquellas que actualmente forman parte del sector informal.
Germán Morales, socio de Impuestos de Grant Thornton Costa Rica, manifestó que la DGT cuenta con las facultades que le otorga el Código de Normas y Procedimientos Tributarios para fiscalizar todas las transacciones de compras y ventas y evitar omisiones.
Morales añadió que Sinpe Móvil deja trazabilidad, un factor importante. Indicó que es probable que el enfoque de fiscalización se centre en contribuyentes relevantes, en los que exista sustitución de otros métodos de pago como las tarjetas, y no tanto en las personas o pequeñas empresas con volúmenes bajos de transacciones.
El director de la DGT enfatizó que el primer control que todo ciudadano debe ejercer para combatir la evasión fiscal es solicitar el comprobante electrónico en cualquiera de sus dos modalidades.
“El que necesita factura siempre lo va a pedir, ya que necesita deducir el gasto, pero el tema es cuando un ciudadano no lo solicita”, dijo Ramos.
Hacienda solicitó al Banco Central información para “entender el funcionamiento” de Sinpe Móvil, enfocándose en los números telefónicos que reciben más de 100 transferencias al mes, según la transcripción del acta 6265-2025, de la sesión del BCCR realizada el 3 de julio.
El BCCR identificó a 108 grandes contribuyentes que utilizan Sinpe Móvil para recibir transferencias de dinero mediante el número de teléfono celular. Entre las empresas que registran un mayor volumen de operaciones están vinculadas con actividades financieras, de comercio, de servicio, cooperativas, seguros y de educación.
Rudolf Lücke, ministro de Hacienda, afirmó que la solicitud de información se realizó con fines estadísticos. Añadió que no se individualizó ni personalizó a quienes realizan transacciones por Sinpe Móvil y que no planean crear nuevos impuestos ni cobrarlos a las transferencias realizadas por la plataforma.
¿Cuáles tributos se pueden supervisar?
Por medio de la fiscalización de Sinpe Móvil, el Ministerio de Hacienda podría recaudar, básicamente, cualquier impuesto vigente en el que se utilice como mecanismo de pago la plataforma, según explicó el director de Tributación.
“El Sinpe es un medio de pago. El problema no es que un negocio le reciba al cliente solo pagos desde la plataforma, el problema es que el negocio no emita un comprobante electrónico por esa transacción. Toda transacción con Sinpe que se haga en un negocio tiene que estar vinculada a un comprobante electrónico”, señaló Ramos.
El director de la DGT puso como ejemplo el pago de un alquiler que se haga por medio de Sinpe Móvil, el cual estaría sujeto a la contribución por rentas de capital. También podría aplicar otros tributos como el impuesto al valor agregado (IVA) para pagos comerciales.