El Ministerio de Hacienda informó que el cierre temporal del establecimiento comercial por 15 días naturales, las sanciones administrativas o la imposición de medidas cautelares en caso de incumplir ese cierre, empezaron a regir desde este 15 de agosto, con la entrada en vigencia de la Política para ejecutar la sanción de cierre de negocios por infracción a la normativa aduanera, conforme lo establece el artículo 242 ter de la Ley General de Aduanas.
Esta política fue establecida mediante resolución MH-DGA-RES-1211-2025, emitida con el fin de uniformar la aplicación de sanciones administrativas en el marco del régimen jurídico aduanero, fortaleciendo la legalidad, la eficiencia y la transparencia en los procedimientos sancionatorios.
“Esta medida es una muestra de las acciones administrativas que desde el Servicio Nacional de Aduanas se realizan para la modernización de los procesos aduaneros y la protección del comercio legítimo, en estricto apego a la normativa vigente.
Con esta nueva política, Aduanas puede ampliar su jurisdicción, más allá se la zona fronteriza, y realizar fiscalizaciones e incluso cierres de todos aquellos negocios que no cumplan con la normativa aduanera”, explicó Juan Carlos Gómez, Director General de Aduanas.
La política MH-DGA-PRO08-POL-001 se encuentra disponible en el sitio web de Hacienda www.hacienda.go.cr.