Retiros masivos del ROP tendrían un fuerte impacto en la economía costarricense

Autorizar retiros masivos y acelerados de los fondos del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP), como lo plantean distintos proyectos de ley que se tramitan en la Asamblea Legislativa, tendría un fuerte impacto macroeconómico en Costa Rica.


Aunque los trabajadores piensen que un retiro masivo del ROP no tendría ningún impacto en la economía nacional, la realidad sería otra.


Retirar los dineros del fondo equivaldría a la suma de ¢945.000 millones, según cifras dadas a conocer por el jerarca de la Superintendencia de Pensiones (Supen), Hermes Alvarado. Esto representa el 7 % del activo administrado.


Esto afectaría a las personas que siguen manteniéndose en el fondo por diferentes razones.


Los fondos del ROP representan un porcentaje muy significativo de los activos financieros del país: cerca del 10 % del total de activos.


La Supen advierte que, si se permitiera un retiro masivo, esa inyección de liquidez en la economía generaría fuertes presiones inflacionarias, subiría el costo de vida para todos y provocaría distorsiones en las tasas de interés, afectando el crédito y la estabilidad financiera de todo el país.

Afectaría a todos


Los fondos del ROP están invertidos en instrumentos de largo plazo. Un retiro masivo no planificado obligaría a las operadoras de pensiones complementarias a vender forzosamente esos instrumentos antes de su vencimiento.


Esta venta masiva bajaría los precios, perjudicando el valor del fondo de todas las personas que se mantienen en el régimen y obligaría al gestor a mantener mayores niveles de liquidez.


Esto también tendría impacto sobre la inflación, las tasas de interés y los créditos asociados a estas.


"Primero ocurriría una gran salida de dinero y eso implica eventualmente hacer liquidaciones anticipadas de títulos valores. Estos habría que venderlos con un descuento, lo cual afectaría el rendimiento de todos. Las operadoras de pensiones complementarias deben mantener niveles muy altos de liquidez y, debido a ello, no podrían invertir esos dineros en títulos; y quienes se mantendrían en el fondo no tendrían los rendimientos que han venido obteniendo", explicó Alvarado.


El superintendente sostuvo que cualquier posibilidad de retiro parcial o total por parte de los pensionados del ROP socavaría el sistema de pensiones de Costa Rica.


"La posición técnica y objetiva de la Supen es invariable. No podemos permitir, sin alzar la voz y sin levantar la mano, que se dé una situación de esas. Estamos teniendo acercamiento con legisladores precisamente para hacerles ver que hacer eso es socavar el Sistema Nacional de Pensiones", subrayó.

No es un ahorro a la vista


Los recursos del ROP tienen un fin específico: complementar la pensión del régimen básico, Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que administra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).


La ley prohíbe el retiro total precisamente para proteger al afiliado de gastar rápidamente el dinero en el pago de deudas, compras u otras alternativas y luego quedar sin ningún complemento durante los últimos años de su vejez, que es cuando más lo necesitará.


No es un "premio" de retiro; es una renta mensual para apoyar la calidad de vida del pensionado.


Ante la realidad demográfica que experimenta Costa Rica —caracterizada por menos jóvenes cotizando y más adultos mayores pensionados— se previó que el IVM inevitablemente tendría que rediseñarse y no podría ofrecer las mismas tasas de reemplazo que en el pasado.


La pensión debe considerarse en conjunto: ROP + IVM. El ROP es el pilar que complementará lo que el régimen básico ya no podrá cubrir por sí solo.


El ROP se construye con un aporte del 1 % del salario bruto mensual del trabajador, mientras que el patrono aporta el restante 3,25 %, para un total de 4,25 % mensual.


Además, el Estado contribuye al otorgar una exención fiscal total sobre los rendimientos que genera el fondo, un beneficio que maximiza el crecimiento del capital.


El ROP no es un ahorro a la vista; es un fondo de pensión con un fin específico: complementar la pensión.


Esos recursos se administran según lo dispuesto por ley, son inembargables e intransferibles y solo se pueden retirar al cumplir los requisitos de pensión del régimen básico o en casos excepcionales, como enfermedad grave, terminal o fallecimiento.


"Debilitarlo de cualquier forma pone en riesgo la estabilidad de la seguridad social y la protección futura de todos los trabajadores y pensionados", advirtió Alvarado.


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