Tribunal pone un alto a directriz de Rodrigo Chaves para mover funcionarios de Hacienda

El Tribunal Contencioso Administrativo acogió una medida cautelar provisionalísima que suspendió en su totalidad una directriz emitida por el ministro de Hacienda, Rodrigo Chaves Robles, en la cual se establecen las reglas y potestades para trasladar, rotar o reubicar funcionarios entre dependencias y puestos de esa cartera.


El 7 de agosto pasado, la jueza Patricia Lorena Calderón dictó una resolución cautelar que detuvo la aplicación de la norma administrativa firmada el 15 de julio por Chaves y el viceministro Víctor Carvajal. La Nación tiene copia de este documento y forma parte del expediente 26-004265-1027-CA-6.


“Se ordena al ministro de Hacienda suspender la ejecución de Directriz MH-DM-DIR-0002-2026 (...), y que se denomina Lineamientos Generales para los movimientos de Personas funcionarias del Ministerio de Hacienda por rotación, reubicación o traslado, del 15 de julio de 2026, así como sus actos conexos”, señala la parte dispositiva del fallo.

La jueza también prohibió al Ministerio de Hacienda “ejercer represalia alguna, ya sea de forma directa o indirecta” contra Francisco Saborío Elguézabal, abogado de la Asesoría Legal de la Tesorería Nacional, quien presentó el proceso judicial.

Además, el Tribunal impidió a Hacienda ejecutar cualquier rotación, traslado, reubicación, cambio de dependencia, alteración sustancial de funciones, deshabilitación de accesos o separación de la Unidad de Asesoría Legal, cuando la medida se fundamente en la directriz suspendida.


Según el fallo, el Estado dispone de tres días hábiles para pronunciarse y ofrecer las pruebas que considere pertinentes. La resolución ordenó preservar expedientes, correos, archivos y demás documentos relacionados con la elaboración, revisión, aprobación, aplicación y cuestionamiento de la directriz y sus actos conexos.

El Ministerio de Hacienda informó por escrito de que es respetuoso de las resoluciones de los Tribunales de Justicia y procederá con el acatamiento de lo establecido en el fallo.


El lineamiento suspendido fue utilizado por Chaves, el pasado 21 de julio, para ordenar la reubicación del abogado Marvin Durán Espinoza, coordinador de la Unidad de Asesoría Legal de la Tesorería Nacional. El funcionario había denunciado el 16 de junio un intento del Ministerio por asumir potestades de esa oficina, entre ellas, la administración de la Caja Única del Estado.

Ante esta situación, el Tribunal dispuso detener temporalmente la medida de Chaves para reubicar a Durán en otro cargo. La decisión se tomó también mediante una medida cautelar provisionalísima el 23 de julio, mismo día en que estaba previsto concretar el cambio.



¿Qué dice la directriz suspendida?

En su justificación, la directriz emitida por Chaves señala que sustituye la Política de Rotación del Ministerio de Hacienda, aprobada en mayo del 2020.


El documento establece un procedimiento para rotar, trasladar o reubicar al personal, de forma temporal o permanente, según las necesidades del servicio. Estas medidas pueden aplicarse para corregir desequilibrios en las cargas de trabajo, reforzar áreas críticas, atender emergencias o redistribuir el recurso humano.


La normativa rige para todas las dependencias de Hacienda y tanto para funcionarios en propiedad como interinos.


Esta disposición fue cuestionada incluso por la propia Dirección Jurídica de Hacienda, que, cinco días después de su publicación, advirtió debilidades en su fundamentación, en la regulación conjunta de las distintas modalidades de movilidad y en la claridad del procedimiento y las garantías para los funcionarios.


Pese a ello, el documento establece límites para estos movimientos: no pueden reducir el salario, afectar derechos adquiridos, menoscabar la dignidad profesional ni modificar sustancialmente las condiciones de contratación o las funciones del puesto. Tampoco deben ocasionar un perjuicio grave al colaborador.


El funcionario debe ser notificado y dispone de tres días hábiles para exponer ante el Departamento de Gestión del Potencial Humano (DGPH) las razones por las que el cambio podría perjudicarlo. Sin embargo, esa manifestación no suspende la ejecución de la medida. Antes de comunicarla, la dependencia interesada debe justificarla técnicamente ante el DGPH, que verificará su apego a la normativa.

‘Es un paso importante para salvaguardar la legalidad’
Ante consultas de La Nación, Francisco Saborío, quien presentó la denuncia, calificó la resolución del Tribunal como “un paso importante para salvaguardar la legalidad”.

Afirmó que la Administración conserva la potestad de ordenar traslados o reubicaciones, pero debe justificarlos técnica y jurídicamente, así como respetar los derechos laborales.

Saborío cuestionó la directriz detenida y señaló que, a su criterio, contiene “vicios jurídicos y técnicos”, como referencias normativas ajenas a su objeto y disposiciones sobre audiencias y recursos que no se estarían aplicando.

El abogado advirtió de que la normativa podría utilizarse contra funcionarios “incómodos para las jerarquías ministeriales” y afectar el debido proceso y la carrera administrativa.

“Una cosa es la discrecionalidad y otra cosa es la arbitrariedad”, afirmó.

Denuncia originó disputa interna en Hacienda

El conflicto que dio pie a la actual disputa se remonta a octubre del 2025, cuando entró en vigencia el Decreto Ejecutivo N.° 45208-H, que reglamentó la Ley de Manejo Eficiente de la Liquidez del Sector Público, vigente desde junio de 2024.

Dicha normativa reconoce y mantiene en la Tesorería Nacional funciones relacionadas con la administración de la liquidez del Estado y de instrumentos de deuda de corto plazo.

Sin embargo, el 27 de mayo del 2026, la Dirección Jurídica de Hacienda remitió al viceministro de Egresos, Luis Antonio Molina, el oficio MH-DJ-OF-0417-2026. En ese documento sostuvo que la entrada en vigor de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión de la Deuda Pública, en octubre del 2024, trasladó a la nueva Dirección General de Gestión de Deuda Pública competencias que hasta entonces correspondían a la Tesorería.

Lo anterior cobra relevancia ya que dicha dirección responde al viceministro de forma directa, por lo que pierde el filtro y contrapeso de la Tesorería ante las jerarquías del Ministerio.

Ese mismo día, con base en ese criterio jurídico, Molina emitió el oficio MH-DVME-OF-0097-2026, mediante el cual ordenó a la Tesorería abstenerse de ejercer funciones relacionadas con la administración de deuda y liquidez. También le solicitó elaborar, junto con la nueva Dirección, una propuesta de reforma al Decreto Ejecutivo N.° 45208-H.

La Unidad de Asesoría Legal de la Tesorería Nacional, coordinada por Marvin Durán Espinoza, consideró que ambos oficios implicaban una extralimitación de competencias, pues un acto administrativo interno no podía modificar atribuciones establecidas en una ley y su reglamento.

Esto llevó a que, el 16 de junio, Durán y el abogado Francisco Saborío presentaran ante los tribunales la medida cautelar, con la que buscaron suspender los efectos de los oficios.

Menos de un mes después, el 15 de julio, el ministro Chaves emitió la nueva directriz que faculta a Hacienda para realizar distintos movimientos de personal. Seis días más tarde, la cartera comunicó a Marvin Durán su traslado a la Tesorería de Aduanas, pese a que llevaba más de 20 años en la Unidad de Asesoría Legal de la Tesorería Nacional.

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