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Más viviendas tendrán que pagar impuesto a ‘casas de lujo’

En este 2024, más viviendas y apartamentos tendrán que pagar el llamado impuesto a las “casas de lujo” debido a que se cobrará a partir de un valor de construcción que supere los ¢145 millones, no los ¢148 millones del 2023.


Mario Ramos, director general de Tributación, confirmó a La Nación que sí se prevé un incremento en la cantidad de declarantes de este impuesto para 2024, aunque añadió que es difícil estimar de cuántos contribuyentes se trata, debido a que los datos de los inmuebles afectados provienen de cada municipalidad y, en algunos casos, las listas no están actualizadas.


La fecha límite para el pago del tributo es el 15 de enero. El 21 de diciembre pasado, el Ministerio de Hacienda publicó la actualización de los tramos del impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda en el periodo 2024, en el diario oficial La Gaceta.


El mes anterior, Ramos indicó a este medio que en 2024 solo se debe cancelar el impuesto, ya que la declaración trienal abarca desde el 2022 hasta el presente año. A partir del 2025, los propietarios deberán actualizar sus declaraciones.


Silvia González, socia de Impuestos y Legal de la firma Grant Thornton, señaló que el monto exento en este tributo disminuyó debido a la inflación negativa que se presentó en Costa Rica a finales del año anterior, lo que podría aumentar el número de contribuyentes obligados a liquidar el impuesto en 2024.

El impuesto, regulado por la Ley 8.683 del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, recae sobre el valor de los bienes inmuebles de uso habitacional, utilizados de forma habitual, ocasional o recreativa, incluyendo instalaciones fijas y permanentes.

En el caso de aquellos propietarios que no fueron considerados contribuyentes en 2023, pero que este año su vivienda sí cumple con los requisitos, deberán declarar y liquidar el impuesto en 2024.

La tarifa se calcula de manera progresiva sobre la base imponible. A medida que aumenta el valor de la propiedad se calcula un mayor porcentaje, que puede ir desde 0,25% al 0,55%, en el último tramo.

Según la Ley del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, la escala y el monto exento se actualizan anualmente según el índice de precios al consumidor del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), considerando el periodo entre diciembre del año anterior y noviembre del año en curso.

O sea, la actualización de los tramos se calculó con base en la inflación entre diciembre del 2022 y noviembre del 2023.

Hacienda prevé incremento en recaudación

De acuerdo con la Ley del Presupuesto de la República para el 2024, el Ministerio de Hacienda prevé recaudar más de ¢5.774 millones por el impuesto solidario a las viviendas de lujo. Esto representaría un incremento en comparación con lo recaudado en los últimos años, según los últimos datos publicados por dicha cartera.

La Nación consultó a Mario Ramos si la Administración Tributaria prevé un incremento en la cantidad de contribuyentes del impuesto solidario para este año. El jerarca mencionó que prepararía la respuesta para remitirla a este diario, pero al cierre de esta información todavía no la había proporcionado.

Hasta octubre de 2023 (último dato disponible), la Administración Tributaria recibió ¢20.273 millones. La recaudación solo entre enero y octubre de 2023 superó lo obtenido durante todo 2022. Las cifras acumuladas a noviembre y diciembre aún no han sido actualizadas por el Ministerio de Hacienda.

El impuesto a las “casas de lujo” se implementó en octubre de 2009 y la primera declaración fue en enero de 2010. Según la Ley 8.683, los ingresos de este tributo se destinan a financiar programas del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi), sin que esta institución pueda utilizar más del 7% de estos recursos en gastos administrativos.

Quien no presente la declaración ni liquide el impuesto se expone a sanciones según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios; estas equivalen al 50% de un salario base (¢231.100 actualmente) por cada trienio no declarado. También se aplican sanciones de intereses por periodos anteriores al momento de la presentación de la declaración.

Por otra parte, el contribuyente que no cancele el gravamen a tiempo se expone a sanciones por morosidad que van desde el 1% hasta el 20% del impuesto dejado de pagar, por cada mes o fracción de mes transcurrido, siempre y cuando haya presentado la declaración D-179 sobre la que se presenta el tributo.

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