El poder de la información fiscal

Liquidación del IVA se debe calcular antes del 15 de enero

Una gran parte de contribuyentes, en especial los del sector construcción del país, deberán aplicar el cálculo de la liquidación anual de la proporcionalidad en sus declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente al periodo fiscal 2023 antes del próximo 15 de enero.


Así lo recordó Joseph Valverde, gerente de Impuestos de Baker Tilly Costa Rica, quien explicó que, aunque este cálculo lo deben presentar una gran parte de los contribuyentes, los del sector construcción sufrieron cambios en las tarifas del IVA a las que vendían sus servicios, pasando del 8% al 13%, durante 2023.


Los bienes y servicios están gravados con una tarifa general del 13% del IVA. Pero cuando se aprobó la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en 2020, se establecieron tarifas diferenciadas de ese impuesto en las siguientes categorías: exento, 0,5%, 1%, 2%, 4%, 8% y 13%.


Esto obliga a los contribuyentes a calcular la proporcionalidad de forma anual cuando realizan compras que generan crédito del IVA, pero no puedan asignarse directamente a la venta que se realizó según la tarifa del IVA, sino que proporcionalmente afecta varias ventas a diferentes tarifas de este impuesto.


La proporcionalidad del IVA se utiliza para calcular el IVA real que el contribuyente debe acreditarse en las compras declaradas a la Administración Tributaria durante los 12 meses del año. La liquidación de la proporcionalidad puede generar un saldo a favor o un saldo deudor en el cálculo de su IVA del período 2023.


“En el caso de los servicios que venden los contribuyentes del sector construcción, han venido aplicado tarifas escalonadas del IVA en sus ventas hasta alcanzar el 13% en 2023. Debido a ello, al menos durante 8 meses del año anterior, vendieron servicios al 8%, al 13% e, incluso, ventas exentas, generándoles un tope de crédito fiscal que podían aplicar a sus compras. Para esos 8 meses es que se verá afectada la liquidación de proporcionalidad, lo que afectará a una gran cantidad de contribuyentes”, amplió Valverde.


Recordó que la proporcionalidad del IVA correspondiente al período fiscal 2023 se debe calcular y presentar a la Administración Tributaria dentro del apartado “Estimación y liquidación anual de la proporcionalidad”, de la declaración del IVA correspondiente a diciembre de 2023.


Los contribuyentes que venden sus productos o servicios tanto a tarifa plena como a otras tarifas reducidas del IVA y que dan derecho al crédito fiscal son quienes deben presentar la liquidación de la proporcionalidad del IVA antes del 15 de enero de 2024 en su declaración.


La proporcionalidad se aplica solamente a las compras de bienes o servicios que realice el contribuyente y no se puede determinar de forma directa a qué venta está relacionada, es decir, si a la venta de tarifa plena (13%) o a la de tarifa reducida.


Participá en la conversación

Dejá tu Comentario

Para agregar comentarios debe iniciar sesión.