El poder de la información fiscal

Estos son los servicios de universidades privadas que no cobrarán el IVA

Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron en segundo debate el expediente 23.286 “Exención para la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la educación superior privada”.

Según explicó el diputado del Partido Frente Amplio, Ariel Robles a CRHoy.com, esta iniciativa va a exonerar del IVA los servicios vinculados con el plan de estudios de las universidades de educación privada.

“Sobre los servicios que brindan las universidades privadas y que no tienen que pagar el IVA son aquellos que han sido avalados por el Conesup dentro de su plan de estudios; es decir, las matrículas de una carrera, los créditos de una carrera no tienen por qué pagar el IVA y aquellos procesos que representen ese aval o la necesidad de ese aval para llevar un programa de estudios desde el Conesup. Esos servicios son los que están excluidos del pago del impuesto en su totalidad”, explicó Robles.
Servicios exonerados

El pago de matrícula ya no deberá incluir el porcentaje del 1 o 2% que algunas universidades cobraban. Apenas esta ley sea firmada por el Ejecutivo, la misma deberá aplicarse en todos los centros de educación superior privada.

Por su parte, otros servicios como el pago de constancias, charlas, y demás servicios que no son parte del plan de estudios, las universidades sí podrán cobrar ese 1 o 2%.

“Otros servicios que no son parte del plan de estudios o que no fueron avalados por Conesup, por ejemplo, un taller, una charla que vende la Universidad, ese tipo de cosas sí pueden ser grabadas con un 2% (del IVA) y eso es lo que clarifica el proyecto que fue aprobado en segundo debate recientemente”, agregó el legislador.

exoneración U


Proyecto aprobado

En diciembre de 2018, se estableció un 2% del IVA a los servicios de las universidades privadas de Costa Rica, incluyendo un porcentaje sobre la matrícula, el creditaje, las asignaturas, etc.

Este expediente aplicaría la exención del gravamen mediante un transitorio a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, también conocida como Reforma Fiscal. Así se lee en la iniciativa aprobada.

    “Transitorio nuevo: Los servicios de educación superior privada gravados en el subinciso b) del inciso 2) del artículo 11 del Título I de esta ley, estarán exentos de pagar el impuesto del valor agregado durante tres años a partir de la vigencia de esta ley”, detalla el proyecto. 

Al inicio se habla que la exoneración fuera durante 3 años a partir de la vigencia de la ley, no obstante, se determinó que la misma fuera permanente.

Ahora la ley queda sujeta al Ejecutivo para comenzar a regir en los próximos días.

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