Todas las personas físicas y jurídicas con actividades lucrativas en el país deben presentar, cada año, la declaración del impuesto sobre las utilidades, con el fin de reportar los ingresos obtenidos y los gastos incurridos durante el periodo fiscal.
La reputación empresarial podría quedar en serio peligro de confirmarse los alcances de una sentencia reciente de la Sala IV, en la cual, los nombres y montos de los deudores ante el Ministerio de Hacienda podrían ser de dominio público sin importar que existan reclamos pendientes.