Debilitamiento de regla fiscal impide a Contraloría corroborar si Gobierno la cumple

La regla fiscal, uno de los principales mecanismos para contener el gasto público, opera sin una fiscalización integral.


Así lo advirtió la Contraloría General de la República (CGR) a la Asamblea Legislativa al señalar que, desde el 2022, no puede auditar con certeza el cumplimiento de esta norma en las instituciones del sector público, incluyendo el Gobierno Central.


La CGR atribuyó las dificultades de fiscalización a un decreto emitido, en julio del 2022, en la administración de Rodrigo Chaves Robles y a reformas legales aprobadas por los diputados del periodo 2022-2026 que excluyeron instituciones y recursos del alcance de la norma.


La advertencia fue consignada en el Informe de auditoría sobre el cumplimiento de la regla fiscal durante el ejercicio económico 2025 (DFOE-FIP-IAA-00004-2026), remitido a los diputados y firmado el pasado 30 de abril.


En ese reporte, la Contraloría recuerda que el artículo 21 del Título IV de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (N.° 9635) le obliga a emitir, en el mes de mayo de cada año, una auditoría sobre el cumplimiento de la regla fiscal en las entidades del Sector Público No Financiero (SPNF).


No obstante, indicó que “limitaciones significativas” le han impedido realizar esa verificación.


“No fue posible aplicar procedimientos de auditoría que permitieran obtener evidencia suficiente y apropiada para concluir, con seguridad razonable, sobre el cumplimiento o incumplimiento de la regla fiscal”, señaló la Contraloría en el informe.


“Dichas limitaciones, de carácter generalizado, significativo y sostenido, se mantienen vigentes desde el año 2022 y no han sido solventadas a la fecha de emisión de este informe, por lo que continúan afectando elementos estructurales del mecanismo de la regla fiscal”, agregó.


Ante consultas de La Nación, el Área de Fiscalización para el Desarrollo de las Finanzas Públicas del ente contralor aclaró que estas condiciones limitan la auditoría externa sobre el sector público, pero no implican que la regla fiscal haya dejado de aplicarse.


No obstante, advirtió de que la imposibilidad de verificar su cumplimiento de manera inequívoca genera riesgos para la trazabilidad del gasto, la aplicación uniforme de la normativa y la identificación de los recursos excluidos.


Además, dificulta la rendición de cuentas ante la Asamblea Legislativa y la ciudadanía, al impedir una conclusión con certeza razonable sobre su cumplimiento.


El Sector Público No Financiero abarca al Gobierno Central —incluidos el Poder Ejecutivo y sus dependencias—, los poderes Legislativo y Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), las instituciones descentralizadas no empresariales, los gobiernos locales y las empresas públicas no financieras, junto con sus respectivos órganos desconcentrados y dependencias auxiliares.


Quedan por fuera de esta clasificación las entidades en competencia: Banco Nacional, Banco de Costa Rica, Banco Popular, el Instituto Nacional de Seguros (INS) y el segmento de telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).


La Nación solicitó al Ministerio de Hacienda, el pasado 9 de junio, referirse a las limitaciones señaladas por la Contraloría para fiscalizar la regla fiscal, las acciones emprendidas para subsanarlas, la coordinación entre ambas entidades y los mecanismos existentes para verificar el cumplimiento de la normativa. Al cierre de edición, la consulta se mantenía en trámite.


    “La CGR ha identificado que las modificaciones introducidas mediante el Decreto Ejecutivo N.° 43589-H alteraron aspectos esenciales del mecanismo de la regla fiscal, tales como la base de verificación, los momentos de comparación y el ámbito de aplicación. Para efectos de auditoría, esas modificaciones inciden en la estabilidad de los criterios aplicables para verificar de forma uniforme el cumplimiento de la regla fiscal“.

    —  Área de Fiscalización para el Desarrollo de Finanzas Públicas, CGR.


CGR señala decreto ejecutivo por cambiar alcances de regla fiscal


El primer señalamiento de la Contraloría para explicar por qué no puede verificar el cumplimiento de la regla fiscal es la entrada en vigor del decreto ejecutivo 43589-H, vigente desde el 3 de julio del 2022.


La norma, denominada Responsabilidad Fiscal de la República, reformó la metodología utilizada para evaluar la regla fiscal, incluidos los parámetros de comparación y su ámbito de aplicación.


De acuerdo con la CGR, una de las modificaciones más relevantes fue el cambio de la base de verificación. A partir del ajuste, la comprobación pasó a realizarse mediante una comparación entre el presupuesto definitivo y el ordinario aprobado del periodo anterior, en lugar de utilizar como referencia el gasto previsto contra el efectivamente ejecutado al cierre del ejercicio económico.


Desde mayo del 2023, en el informe DFOE-FIP-IAA-00006-2023 remitido al Congreso, la CGR calificó ese cambio como “abiertamente contrario” a lo dispuesto en el artículo 21, del Título IV, de la Ley 9635. Según ese apartado, la comprobación de la regla fiscal debe realizarse con base en la liquidación presupuestaria, es decir, a partir de los gastos efectivamente ejecutados.


La Contraloría también cuestionó que el decreto modificara los parámetros utilizados para medir el crecimiento del gasto. Según el ente fiscalizador, la modificación dispuso que el cumplimiento de la regla se verificara comparando el presupuesto definitivo de un periodo con el presupuesto ordinario aprobado del año anterior.


A criterio de la CGR, este cambio se aparta de lo establecido en el artículo 21 de la legislación, el cual exige una comparación interanual de una misma variable para determinar el crecimiento del gasto.


La Contraloría también criticó que el decreto excluyera de la verificación del cumplimiento determinados recursos transferidos por el Gobierno Central a municipalidades, concejos municipales de distrito y juntas de educación, pese a que estos forman parte del ámbito de aplicación de la ley.


Además, señaló que abrió la posibilidad de fijar topes de gasto distintos a los establecidos por ley para algunas entidades, lo que permitió incrementos superiores a la tasa de crecimiento autorizada.


En esa línea, la CGR confirmó a La Nación que el 21 de junio del 2023 presentó una demanda para solicitar la anulación de varios artículos del decreto ejecutivo y de oficios emitidos por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria de Hacienda, al considerar que presentan supuestos vicios de forma y fondo. El proceso continúa en trámite bajo el expediente 23-003397-1027-CA.


    “Desde el año 2022 se ha producido una acumulación progresiva de leyes de excepción al ámbito de aplicación de la regla fiscal (...). Estas excepciones presentan debilidades desde el punto de vista técnico y operativo, incluyendo redacciones amplias o indeterminadas, referencias a fuentes de ingreso para excluir gasto, y superposición de exclusiones sobre una misma institución sin delimitación clara de su alcance".

    —  Informe DFOE-FIP-IAA-00004-2026, CGR.


Excepciones aprobadas dificultan trazabilidad del gasto


Como segundo elemento, la Contraloría señala que sus labores de auditoría también se ven limitadas por la creciente cantidad de excepciones a la regla fiscal aprobadas mediante ley desde el 2022.


Según el órgano fiscalizador, estas exclusiones presentan problemas de redacción, alcances poco definidos y superposiciones sobre una misma institución, lo que dificulta determinar con precisión cómo debe aplicarse la normativa.


Como ejemplo, la CGR menciona a las universidades públicas, que acumulan varias excepciones a la regla fiscal.


Entre ellas figuran el inciso m) del artículo 6 del Título IV de la Ley N.° 9635, que excluye los recursos destinados a subsidios, becas y ayudas; el inciso y) del mismo artículo, referido a los ingresos propios generados por la venta de servicios académicos, científicos y tecnológicos; y el transitorio XLIX, que permite utilizar superávits para financiar gasto de capital.


Según la Contraloría, la coexistencia de estas disposiciones dificulta determinar con precisión qué partidas presupuestarias están sujetas a la regla fiscal y cuáles quedan exentas.


    “Esta fragmentación normativa dificulta la trazabilidad del gasto y la identificación precisa de las partidas que deben ser consideradas o excluidas del cálculo de la regla fiscal, lo cual trasciende el ámbito normativo y se traduce en limitaciones operativas para la generación y verificación de la información requerida”.

    —  Informe DFOE-FIP-IAA-00004-2026, CGR.


Sostiene que estas excepciones dificultan las labores de control y seguimiento, pues cada institución cuenta con excepciones distintas.


Además, advirtió de que no existe un mecanismo independiente para verificar la información reportada, más allá de certificaciones emitidas por los propios jerarcas, sin una regulación que garantice criterios uniformes de medición.


Como reflejo de esta situación, indicó que el 58% de las instituciones descentralizadas (14 de 24) presentan ambigüedades en la definición de las excepciones que les resultan aplicables.

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