Con el objetivo de reforzar los mecanismos de control sobre las mercancías en tránsito, reducir los espacios para prácticas indebidas y fortalecer la fiscalización por parte del Servicio Nacional de Aduanas, a partir del 11 de enero de 2027, toda Declaración Única Aduanera (DUA) correspondiente al Régimen de Tránsito deberá incluir información específica sobre las mercancías que ingresan al territorio nacional.
Así lo establecen las resoluciones MH-DGA-RES-1714-2026 y MH-DGA-RES-1721-2026, publicadas en la página web del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.go.cr), apartado Aduana Fácil, sección Normativa.
“Esta nueva medida se suma a nuestra lucha frontal contra la evasión y el contrabando. Su objetivo es fortalecer la transparencia y la calidad de la información que recibe la Administración Aduanera, para mejorar las controles, protegiendo los ingresos promoviendo condiciones de mayor seguridad y equidad para quienes cumplen correctamente con sus obligaciones en el comercio internacional”, expresó Víctor Julio Carvajal, viceministro de Ingresos.
En concreto, para toda DUA de Tránsito será obligatorio declarar por línea: el tipo y número de identificación de cada consignatario, la clasificación arancelaria a doce u ocho dígitos; el monto total del valor por línea, unidades comerciales, unidades físicas, peso bruto y neto; la condición física de la mercancía; datos del proveedor; y datos de las facturas comerciales. Asimismo, todo movimiento de inventario en depósito asociado a un tránsito deberá vincularse con la identificación del consignatario.
Hasta hoy, las mercancías en tránsito pueden declararse bajo descripciones genéricas como “artículos para el hogar”, “calzado y prendas de vestir”, sin identificar a quien vienen consignadas esas cargas. Esa opacidad le dificulta a Aduanas determinar si lo declarado es lo que realmente está ingresando al país.
Los operadores de comercio exterior cuentan con un plazo de adaptación técnica de más de dos meses (hasta el 11 de enero de 2027), para ajustar sus sistemas de transmisión XML con la nueva información. Los formatos de mensajes se encuentran disponibles en www.hacienda.go.cr , apartado Documentos de interés, sección “Servicio Nacional de Aduanas”.
Las nuevas disposiciones aplican a todos los tipos de tránsito, movilizaciones hacia Zonas Francas y Perfeccionamiento Activo y reexportaciones. Los principales obligados son transportistas, agentes aduaneros, depositarios y operadores de Zona Franca y Perfeccionamiento Activo.
“Esta resolución establece un nuevo modelo de gestión basado en información detallada sobre la carga que se transporte, lo que facilitará la aplicación de controles preventivos y automatizados, mejorará los procesos de análisis de riesgo y permitirá detectar inconsistencias operativas, facilitando la identificación temprana de posibles incumplimientos”, explicó Adrián Pérez Edwards, director general de Aduanas.