La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como Sala IV, declaró con lugar una acción de inconstitucionalidad promovida por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), y anuló el quinto párrafo del artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el cual limitaba el acceso público a la lista de personas morosas con el fisco.
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