Este cambio marca un hito en la gestión de los procesos fiscales del país, prometiendo mayor eficiencia y simplificación para los contribuyentes. Por esta razón, el abogado experto en impuestos, Raymundo Volio, quien es director de Actualidad Tributaria, detalla los cambios más relevantes y sus implicaciones para las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y profesionales independientes.
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La Dirección General de Tributación recuerda a todos los contribuyentes del impuesto sobre las utilidades que, este lunes 30 de junio vence el plazo para realizar el primer pago parcial correspondiente al periodo fiscal 2025, sin recargos ni intereses.
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Poner en marcha TRIBU-CR implica migrar la información del Registro Único Tributario, créditos fiscales, deudas tributarias, declaraciones de los últimos cuatro años, terceros autorizados y consulta de “Situación Tributaria”. Durante este proceso los datos serán revisados y actualizados para garantizar transparencia y trazabilidad. Lo anterior, implica la desactivación de las siguientes herramientas y sistemas desde las 23:45 horas del próximo 18 de julio, hasta el 3 de agosto, inclusive: Administración Tributaria Virtual (ATV), Trámites Virtuales (TRAVI); Sistema de Identificación de Contribuyentes (SIC); EDDI 7; Declara7 y DeclaraWeb.
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Todas las personas físicas y jurídicas con actividades lucrativas en el país deben presentar, cada año, la declaración del impuesto sobre las utilidades, con el fin de reportar los ingresos obtenidos y los gastos incurridos durante el periodo fiscal.
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Hablaremos sobre el nuevo sistema de Hacienda que sustituirá el ATV y todo lo que debe saber cuando entre en vigencia a partir del próximo de agosto.
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El sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV) dejará de funcionar el lunes 4 de agosto y será sustituido por Tribu-CR, la nueva plataforma del Ministerio de Hacienda para el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Como parte de las herramientas incorporadas, los contribuyentes podrán consultar y administrar sus créditos fiscales de forma más ágil.
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La Dirección General de Tributación asegura que declarar impuestos en su nueva plataforma Tribu-CR, que reemplazará a ATV (Administración Tributaria Virtual) el 4 de agosto, será “muy sencillo”. No obstante, especialistas en materia fiscal advierten sobre limitaciones y dudas en su funcionamiento, a solo dos meses de su implementación oficial.
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A inicios de mayo, la Dirección General de Tributación emitió un llamado de atención dirigido a los contribuyentes que hayan autorizado a terceros para presentar sus declaraciones de impuestos, así como a los representantes legales de personas jurídicas responsables de los trámites fiscales de sus sociedades.
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De cara a la entrada en funcionamiento de Tribu-CR, el Ministerio de Hacienda dio a conocer algunos detalles de esta nueva plataforma virtual, a través de la cual se tendrá que hacer la declaración y el pago de impuestos.
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La nueva plataforma del Ministerio de Hacienda para el cumplimiento de obligaciones fiscales, Tribu-CR, introduce varios elementos y modificaciones en comparación con el sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV), el cual dejará de operar el lunes 4 de agosto.
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Los contribuyentes se encuentran a poco menos de tres meses de empezar a hacer las declaraciones en la nueva plataforma digital del Ministerio de Hacienda llamada Tribu-CR. De esta manera quedará atrás el sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV), que se utiliza actualmente.
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La declaración debe presentarse mediante el formulario D-101, a través de la Administración Tributaria Virtual (ATV). Tanto las personas físicas como jurídicas que fallen con esta obligación en tiempo y forma se exponen a multas y sanciones, cuyo monto varía según la falta cometida.
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El viernes 31 de enero, vence el plazo para que las sociedades mercantiles, las sociedades de una sucursal extranjera o su representante legal y las empresas individuales de responsabilidad limitada, inscritas a enero del presente año; paguen sin recargo, el impuesto a las personas jurídicas del periodo fiscal 2025.
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El 15 de enero de 2025 es el plazo máximo para presentar y pagar, sin recargo, el monto correspondiente del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda.
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El 31 de diciembre cierra el periodo fiscal del 2024, lo que significa que las personas físicas y jurídicas que realizan actividades lucrativas deberán finalizar su año ante el fisco y empezar a preparase para, antes del 15 de marzo, presentar la Declaración del Impuesto sobre la Renta del Régimen Tradicional ante el Ministerio de Hacienda
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La Sala Constitucional ordenó al ministro de Hacienda, Nogui Acosta, tomar acciones para garantizar el acceso de una contribuyente con discapacidad visual severa a la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV).
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La Dirección General de Tributación tiene una nueva herramienta para controlar de manera más estricta el uso de las facturas electrónicas que emiten los contribuyentes. Se trata del proyecto de implementación de herramienta para verificación del estado de los comprobantes electrónicos.
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Un hombre de apellido Morales, con casi 19 años de laborar para el Ministerio de Hacienda, es investigado por autoridades judiciales, por el presunto ocultamiento de 764 deudas tributarias pendientes de cobro, por más de ¢892 millones, que se encontraban en la plataforma de la Administración Tributaria Virtual (ATV).
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Desde hace tres semanas, la Dirección General de Tributación realizó un cambio en sus sistemas de aceptación de facturas electrónicas, en donde utiliza inteligencia artificial para detectar inconsistencias, esto con el objetivo de incrementar los controles para la validación de la información
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Durante el mes de setiembre se habilita el segundo pago parcial de renta para los contribuyentes de este impuesto que declaran bajo el régimen tradicional. Tendrán hasta el 30, último día hábil del mes, para cumplir con esta obligación tributaria, que funciona como un adelanto de la liquidación final del impuesto que se ejecuta en marzo del siguiente año.
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